{"id":24304,"date":"2017-09-13T21:30:13","date_gmt":"2017-09-13T21:30:13","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/the-first-transit\/"},"modified":"2017-09-13T21:30:13","modified_gmt":"2017-09-13T21:30:13","slug":"the-first-transit","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/the-first-transit\/","title":{"rendered":"El primer tr\u00e1nsito"},"content":{"rendered":"
<\/p>\n
Por Enrique de Alba Arango, socio de Morgan & Morgan\u00a0<\/strong><\/p>\n El 27 de junio del a\u00f1o en curso, se da un evento hist\u00f3rico para el Canal y el Registro Internacional de Marina Mercante de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<\/p>\n Un d\u00eda despu\u00e9s de haberse inaugurado las nuevas esclusas del Canal de Panam\u00e1 con el tr\u00e1nsito del portacontenedores \u201cCosco Shipping Panama\u201d, transita el primer barco registrado bajo la bandera Paname\u00f1a, que coincide con ser el primer tr\u00e1nsito de una nave de gas licuado de petr\u00f3leo denominada \u201cLycaste Peace\u201d en su tr\u00e1nsito comercial desde Houston, Texas al Puerto de Hitachi, Jap\u00f3n, propiedad de la l\u00ednea naviera Japonesa Nippon Yusen Kaisha (NYK Line) y agenciado en Jap\u00f3n por Mitsubishi Logistics Corporation.\u00a0 Este primer tr\u00e1nsito de la nave registrada en Panam\u00e1, tiene como Agente Residente a la firma de abogados Morgan & Morgan.<\/p>\n En lo que va de haberse inaugurado el Canal ampliado de Panam\u00e1, la nave que ha pagado el peaje m\u00e1s alto hasta el presente y que estableci\u00f3 tambi\u00e9n un nuevo record debido al Canal ampliado, ha sido la nave \u201cMol Beyond\u201d que pag\u00f3 la suma de $837,203.00.<\/p>\n Se marcan as\u00ed varios precedentes en el Canal de Panam\u00e1 y en su Registro Internacional de Marina Mercante, cuyo origen se da con la puesta en vigor de la Ley 63 del 15 de diciembre de 1917 que reforma y adiciona el C\u00f3digo Fiscal, dando la facultad de otorgar el pabell\u00f3n nacional a una embarcaci\u00f3n que as\u00ed lo solicite y que el pr\u00f3ximo a\u00f1o 2017 cumplir\u00e1 su Centenario. Se entiende seg\u00fan los registros, que la primera nave en abanderarse bajo el pabell\u00f3n nacional correspondi\u00f3 al carguero Bel\u00e9n Quezada.<\/p>\n Mediante la Ley 8 del 12 de enero de 1925 se crean procedimientos para la nacionalizaci\u00f3n de naves mercantes y con esta ley se establece formalmente el Registro de Marina Mercante de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<\/p>\n En la actualidad, el Registro Mar\u00edtimo de Panam\u00e1 tiene el orgullo y honra de ser el registro m\u00e1s grande del mundo con un aproximado de 8,831 naves registradas al 14 de junio del a\u00f1o en curso que representan 235,295,719.26 de toneladas brutas.\u00a0 El registro de naves y las otras actividades que est\u00e1n bajo el paraguas de la Autoridad Mar\u00edtima de Panam\u00e1, al mes de Diciembre del 2015 aportaron al fisco la suma de $162,089,501.00.<\/p>\n Entre los instrumentos jur\u00eddicos que han llevado al \u00e9xito a la marina mercante de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1, podemos citar adem\u00e1s de los ya mencionados:<\/p>\n Posteriormente, a partir del 2008 se decide actualizar toda nuestra legislaci\u00f3n relacionada con la actividad mar\u00edtima y se promulgan cuatro nuevos instrumentos jur\u00eddicos:<\/p>\n Hago menci\u00f3n a estos instrumentos jur\u00eddicos, porque sin ellos, el desarrollo de nuestra marina mercante, foro internacional de litigios mar\u00edtimos y la actividad portuaria hubiesen sido desplazados ante la competencia que prestan pa\u00edses que desarrollan este mismo tipo de actividades conexas con la industria mar\u00edtima.<\/p>\n El impulso que nuestros juristas le han dado al desarrollo de la actividad mar\u00edtima de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1 ante los retos del comercio, nunca debe detenerse, ya que el \u00e9xito que ha tenido Panam\u00e1 en este importante sector se debe a la constante renovaci\u00f3n de sus instrumentos jur\u00eddicos, buscando nuevas y mejores avenidas para el desarrollo del sector mar\u00edtimo.<\/p>\n Lo antes dicho nos lleva a hacer menci\u00f3n de un importante proyecto de ley que se planea presentar a la Asamblea Nacional este mes de julio sobre financiamiento mar\u00edtimo.\u00a0 Con este proyecto de ley se crea un r\u00e9gimen legal especial para las operaciones de financiamiento del sector mar\u00edtimo local e internacional, en donde se otorgan incentivos fiscales, laborales y migratorios a las empresas que desde Panam\u00e1 lleven a cabo estas operaciones.<\/p>\n Las entidades que pudiesen beneficiarse de estos incentivos, son los bancos de licencia general, internacional o de representaci\u00f3n debidamente autorizados por la Superintendencia de Bancos, empresas que realicen operaciones destinadas a dise\u00f1ar, estructurar y desarrollar las condiciones financieras del cr\u00e9dito mar\u00edtimo y sus garant\u00edas, empresas financieras reguladas, as\u00ed como entidades de financiamiento mar\u00edtimo y empresas conjuntas (Joint Venture) del Estado paname\u00f1o con particulares.<\/p>\n Entre los incentivos fiscales estar\u00edan la exenci\u00f3n de pagar el impuesto sobre las rentas provenientes de tales financiamientos para la construcci\u00f3n y compra de naves.\u00a0 Para beneficiarse de este incentivo fiscal, estas entidades deber\u00e1n establecer una contabilidad por separado en donde contemple el registro de la fecha del otorgamiento de cada pr\u00e9stamo.<\/p>\n No causar\u00e1 el pago del impuesto sobre la rentas, aquellas empresas cuyas operaciones de financiamiento mar\u00edtimo sean llevadas a cabo desde la Rep\u00fablica de Panam\u00e1 o astilleros que se dediquen a la construcci\u00f3n y reparaci\u00f3n de barcos comerciales, yates y otros.<\/p>\n Se except\u00faan tambi\u00e9n del pago del impuesto sobre la renta, los intereses y comisiones que devenguen los bancos por actividades de financiamiento mar\u00edtimo que se encuentren debidamente acreditados para este tipo de actividades, as\u00ed como las rentas provenientes de seguros y reaseguros que aseguren cr\u00e9ditos de entidades de financiamiento mar\u00edtimo certificadas y\/o de Proyectos Mar\u00edtimos Financiables.<\/p>\n El proyecto de ley en menci\u00f3n establecer\u00e1 un impuesto bajo de importaci\u00f3n sobre maquinarias y equipos necesarios para el desarrollo de la industria mar\u00edtima, no mayor de un 3%.<\/p>\n En cuanto a r\u00e9gimen migratorio y laboral especial, se pretende crear las condiciones necesarias que ayuden a desarrollar las correspondientes actividades mar\u00edtimas con la m\u00e1xima eficacia que requiere un centro mar\u00edtimo de esta naturaleza.<\/p>\n Se crea un Consejo Certificador y Supervisor de Entidades de Financiamiento Mar\u00edtimo, que estar\u00eda conformado por los siguientes miembros:<\/p>\n Antes de concluir y en parte el motivo de este art\u00edculo es llamar la atenci\u00f3n sobre una disposici\u00f3n que a \u00faltima hora se le ha introducido al proyecto de ley de financiamiento mar\u00edtimo aqu\u00ed comentado, en donde se le impone un per\u00edodo de duraci\u00f3n de 20 a\u00f1os a las exoneraciones e incentivos fiscales y dem\u00e1s bondades que pretenden crear este novedoso proyecto en la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<\/p>\n Es recomendable que se estudie minuciosamente esta condici\u00f3n o t\u00e9rmino, debido a que una actividad tan sofisticada y especializada como lo es el financiamiento mar\u00edtimo, no se le debe fijar un t\u00e9rmino perentorio, ya que este t\u00e9rmino desvirtuar\u00eda por completo la intenci\u00f3n de crear una nueva actividad que podr\u00eda rendir muchos frutos a la econom\u00eda de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1, que en otros centros financieros internacionales produce resultados \u00f3ptimos.<\/p>\n Esperemos que con todo el buen esp\u00edritu que ha acompa\u00f1ado a cada paname\u00f1o en los \u00faltimos d\u00edas con la inauguraci\u00f3n de las nuevas esclusas ampliadas del Canal de Panam\u00e1 y su rol como facilitador del comercio mar\u00edtimo internacional, ayude a comprender lo importante que es mantener nuestra competitividad en esta importante industria.<\/p>\n <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Por Enrique de Alba Arango, socio de Morgan & Morgan\u00a0 El 27 de junio del a\u00f1o en curso, se da un evento hist\u00f3rico para el Canal y el Registro Internacional de Marina Mercante de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1. 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