{"id":28586,"date":"2018-08-21T15:49:00","date_gmt":"2018-08-21T20:49:00","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/las-cuotas-de-genero-en-juntas-directivas\/"},"modified":"2018-08-21T15:54:34","modified_gmt":"2018-08-21T20:54:34","slug":"las-cuotas-de-genero-en-juntas-directivas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/las-cuotas-de-genero-en-juntas-directivas\/","title":{"rendered":"Las Cuotas de G\u00e9nero en Juntas Directivas"},"content":{"rendered":"

Ana Carolina Castillo Sol\u00eds, asociada, Morgan & Morgan\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n

El a\u00f1o pasado Panam\u00e1 se sum\u00f3 a la lista de pa\u00edses que han adoptado cuotas como mecanismo para reducir la brecha de g\u00e9nero. La Ley 56 de 2017 establece una cuota del 30% de mujeres en juntas directivas de entes p\u00fablicos y ciertos entes privados. La Ley fue recientemente reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo 241-A de 2018.<\/p>\n

Esta Ley aplica tanto a las instituciones del Gobierno Central, instituciones descentralizadas, empresas estatales y empresas de capital mixto, como a empresas reguladas por la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) y el Instituto Paname\u00f1o Aut\u00f3nomo Cooperativo.<\/p>\n

De acuerdo con el decreto reglamentario, las designaciones de mujeres deben hacerse a fin de dar prioridad al candidato del g\u00e9nero menos representado si tiene la misma calificaci\u00f3n que el candidato del otro g\u00e9nero en t\u00e9rminos de experiencia, m\u00e9ritos, competencia y rendimiento profesional.<\/p>\n

Empresas de Capital Mixto<\/strong><\/p>\n

En el caso de empresas de capital mixto, si bien el \u00d3rgano Ejecutivo es quien debe realizar las designaciones de mujeres para cumplir con la cuota -tomando en consideraci\u00f3n aspectos como su preparaci\u00f3n y experiencia profesional- los representantes del capital privado deben tambi\u00e9n procurar la participaci\u00f3n de la mujer.<\/p>\n

Sujetos Regulados<\/strong><\/p>\n

Para prop\u00f3sitos de cumplir con la Ley 56, los sujetos regulados deben establecer en sus reglamentos de gobierno corporativo, buenas pr\u00e1cticas relacionadas con la escogencia de los miembros de sus juntas directivas en base a criterios de equidad de g\u00e9nero, m\u00e9rito, experiencia y conforme a las normas de cada sector.<\/p>\n

Para verificar el cumplimiento de la ley, el sujeto regulado deber\u00e1 presentar un cuestionario anual ante el regulador respectivo y publicar esta informaci\u00f3n en su p\u00e1gina web. Es importante se\u00f1alar que la ley no establece sanciones por no cumplir con la cuota, sino que el decreto reglamentario dispone que en ese caso la empresa deber\u00e1 explicar las razones del incumplimiento.<\/p>\n

Tambi\u00e9n es importante se\u00f1alar que la Ley 56 no afecta la composici\u00f3n actual de las juntas directivas, sino que aplica para los nuevos nombramientos, debiendo cumplir con un 10% en julio de 2018, un 20% en julio de 2019, hasta llegar a un 30% en julio de 2020.<\/p>\n

Seg\u00fan informaci\u00f3n de la SMV, en 2014, de 744 puestos en juntas directivas de compa\u00f1\u00edas listadas en la Bolsa de Valores de Panam\u00e1, s\u00f3lo 75 eran ocupados por mujeres; mientras que, en las directivas de capital paname\u00f1o del sector bancario, el porcentaje de participaci\u00f3n de mujeres es apenas 4%. No fue sino hasta el 2014, despu\u00e9s de 110 a\u00f1os de existencia, que el Banco Nacional de Panam\u00e1 nombr\u00f3 por primera vez a una mujer en su junta directiva.<\/p>\n

De acuerdo al \u00cdndice Global de Brecha de G\u00e9nero 2017 del Foro Econ\u00f3mico Mundial, siendo 0 disparidad y 1 paridad, Islandia lidera la lista con 0.878, Nicaragua es el sexto con 0.814 y Panam\u00e1 est\u00e1 en el n\u00famero 43 con 0.722, arriba de Estados Unidos en la posici\u00f3n 49 con 0.718. Estas cifras muestran que Panam\u00e1 no es ajeno a este desaf\u00edo. La igualdad de g\u00e9nero es precisamente uno de los objetivos de desarrollo sostenible de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas, compromiso asumido por Panam\u00e1.<\/p>\n

En palabras de Klaus Schwab, presidente del Foro Econ\u00f3mico Mundial, “la desigualdad de g\u00e9nero priva al mundo de un enorme recurso de talento sin explotar en un momento en que es tan importante para abordar los enormes desaf\u00edos y las fuerzas disruptivas que enfrentamos”.<\/p>\n

Las Cuotas de G\u00e9nero<\/strong><\/p>\n

Ante esta situaci\u00f3n, han surgido diversas medidas como las cuotas de g\u00e9nero. Panam\u00e1 se ha unido a la lista de pa\u00edses que han establecido cuotas, como Islandia, Noruega y Finlandia (l\u00edderes en paridad de g\u00e9nero). En Latinoam\u00e9rica, pa\u00edses como Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Hait\u00ed, M\u00e9xico, Nicaragua, Paraguay, Per\u00fa, Rep\u00fablica Dominicana y Uruguay, han creado leyes con alg\u00fan tipo de cuota.<\/p>\n

Son indiscutibles los resultados positivos tangibles que trae consigo la diversidad -no s\u00f3lo de g\u00e9nero- incluyendo aumento en desempe\u00f1o, rentabilidad y ventajas competitivas. El Foro Econ\u00f3mico Mundial estima que el PIB mundial podr\u00eda aumentar en $5.3 trillones de d\u00f3lares para 2025 si se logra aumentar la paridad de g\u00e9nero en la participaci\u00f3n econ\u00f3mica en un 25% para dicha fecha, lo que muestra que no s\u00f3lo es necesario, sino adem\u00e1s ventajoso, aumentar la participaci\u00f3n de mujeres y lograr la equidad de g\u00e9nero.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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