{"id":29763,"date":"2019-08-13T10:45:44","date_gmt":"2019-08-13T15:45:44","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/regulations-on-accounting-records-for-offshore-companies\/"},"modified":"2019-08-13T10:53:13","modified_gmt":"2019-08-13T15:53:13","slug":"regulations-on-accounting-records-for-offshore-companies","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/regulations-on-accounting-records-for-offshore-companies\/","title":{"rendered":"Reglamentaci\u00f3n de Registros Contables para sociedades offshore"},"content":{"rendered":"

Siguiendo directrices internacionales en materia de transparencia de operaciones comerciales, el gobierno de Panam\u00e1<\/strong> promulg\u00f3 en su Gaceta Oficial la Ley 52 de 27 de octubre de 2016<\/strong> mediante la cual establece la obligaci\u00f3n a las sociedades paname\u00f1as y otras entidades a mantener registros contables, financieros y documentos de respaldo de todas las transacciones realizadas en los \u00faltimos cinco (5) a\u00f1os, de forma tal que su estado financiero pueda ser f\u00e1cilmente determinado con razonable precisi\u00f3n.<\/p>\n

Los registros y documentaci\u00f3n correspondientes deben ser suficientes para demostrar y evidenciar las transacciones ejecutadas por la sociedad con exactitud.<\/p>\n

\u00bfA qui\u00e9nes aplica esta Ley?<\/strong><\/p>\n

La Ley 52 fue reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo No. 258 del 13 de septiembre de 2018,<\/strong> y es aplicable a las personas jur\u00eddicas que no realicen operaciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos dentro de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.\u00a0<\/strong><\/p>\n

Persona Jur\u00eddica es toda sociedad an\u00f3nima, de responsabilidad limitada o de cualquier otro tipo con fines mercantiles, as\u00ed como fundaci\u00f3n de inter\u00e9s privado, constituida y vigente de acuerdo con las leyes de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<\/p>\n

Normas establecidas en la Ley<\/strong>
\n<\/strong>Los registros contables deben ser mantenidos por el agente residente; de lo contrario, es obligatorio que los clientes informen al agente residente de la ubicaci\u00f3n f\u00edsica de los mismos y el nombre y datos de contacto de su custodio. Adicionalmente, si dicha ubicaci\u00f3n cambia por cualquier motivo, el cliente deber\u00e1 informar al agente residente de la nueva direcci\u00f3n dentro de los pr\u00f3ximos quince (15) d\u00edas.<\/p>\n

Si la informaci\u00f3n no es mantenida por el agente residente, la misma deber\u00e1 ser entrega a \u00e9ste dentro de los siguientes quince (15) d\u00edas desde que es solicitada.<\/p>\n

Adicionalmente, los agentes residentes est\u00e1n obligados a mantener copia de los registros de acciones y accionistas de las sociedades bajo su administraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n

El Agente Residente<\/strong> estar\u00e1 obligado a renunciar como tal de la persona jur\u00eddica que no presente los registros contables dentro del per\u00edodo mencionado de quince (15) d\u00edas, no se podr\u00e1 inscribir un nuevo Agente Residente hasta se subsanen las causales que dieron origen a la sanci\u00f3n.<\/p>\n

Los datos de donde reposan los registros contables son relevantes dentro de la Ley 52 en su Art\u00edculo 5, tales como:<\/p>\n

Direcci\u00f3n f\u00edsica donde se encuentran los registros contables y, nombre de la persona que mantiene bajo custodia los registros contables y documentaci\u00f3n de respaldo.<\/p>\n

Los registros deber\u00e1n ser preparados y refrendados por un Contador P\u00fablico Autorizado de la Rep\u00fablica de Panam\u00e1.<\/p>\n

Sanciones
\n<\/strong>Las personas jur\u00eddicas que no cumplan con las obligaciones establecidas en la Ley 52, ser\u00e1n sancionadas por las autoridades competentes con multa de $1,000.00 y multa de $100.00 por cada d\u00eda en que transcurra sin que se subsane la causa que dio lugar al incumplimiento.<\/p>\n

\u00a0<\/strong><\/p>\n

Karla Pinilla, CPA<\/em>
\n<\/strong>karla.pinilla@maservicescorp.com<\/a>
\nAsesora
\nMorgan & Morgan<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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