{"id":29818,"date":"2019-09-24T15:23:22","date_gmt":"2019-09-24T20:23:22","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/se-promulga-la-ley-n-93-de-2019-que-crea-el-regimen-de-asociacion-publico-privadas\/"},"modified":"2023-09-05T09:35:06","modified_gmt":"2023-09-05T14:35:06","slug":"se-promulga-la-ley-n-93-de-2019-que-crea-el-regimen-de-asociacion-publico-privadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/se-promulga-la-ley-n-93-de-2019-que-crea-el-regimen-de-asociacion-publico-privadas\/","title":{"rendered":"Se Promulga la Ley N\u00b0 93 de 2019 Que Crea el R\u00e9gimen de Asociaci\u00f3n P\u00fablico-Privadas"},"content":{"rendered":"

Por: Ram\u00f3n Varela<\/a><\/strong><\/p>\n

Durante las \u00faltimas d\u00e9cadas, Panam\u00e1 ha establecido asociaciones p\u00fablico-privadas (\u201cAPP\u201d) en proyectos de diversa \u00edndole, como autopistas, plantas de tratamiento de agua, puertos, redes de telecomunicaciones y la generaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de electricidad. Sin embargo, en su gran mayor\u00eda, estos proyectos se han creado y administrado bajo una ley general (aunque insuficiente para los est\u00e1ndares actuales) de concesiones, la cual data de 1988; leyes espec\u00edficas sobre industrias (y, a veces, proyectos), promulgadas a mediados y finales de los a\u00f1os \u201890; o la ley de contrataci\u00f3n p\u00fablica, promulgada en 2006.<\/p>\n

En a\u00f1os recientes, la Asamblea Nacional debati\u00f3 una ley marco de APP, pero \u00e9sta fue rechazada en 2011. Otra ley marco para APP fue considerada en diversos momentos entre 2014 y 2018, pero nunca fue sometida a debate en el \u00d3rgano Legislativo. Mientras tanto, un estudio de 2017 encargado por el Banco Interamericano de Desarrollo y realizado por The Economist Intelligence Unit<\/em>, coloc\u00f3 a Panam\u00e1 en el puesto 18 (de los 19 pa\u00edses enumerados, \u00fanicamente por encima de Venezuela), en t\u00e9rminos de marcos regulatorios para APP en la regi\u00f3n[1]<\/a>.<\/p>\n

Ante estas circunstancias, el gobierno paname\u00f1o ha dado un paso decisivo para desarrollar un marco legislativo APP actualizado (y m\u00e1s completo), con miras a: a) proporcionar una opci\u00f3n para desarrollar grandes proyectos de infraestructura sin comprometer los niveles de endeudamiento del gobierno, b) fomentar la inversi\u00f3n privada y la creaci\u00f3n de empleos, y c) fortalecer la posici\u00f3n competitiva de Panam\u00e1 frente a otros pa\u00edses latinoamericanos (muchos de los cuales desde hace\u00a0 a\u00f1os promulgaron legislaciones exitosas en materia de APP). El 31 de julio de 2019, apenas un mes despu\u00e9s de asumir el cargo, la administraci\u00f3n del presidente Laurentino Cortizo present\u00f3 un proyecto de ley de APP ante la Asamblea Nacional, el cual fue aprobado por \u00e9sta el 11 de septiembre de 2019 y promulgado como Ley No. 93 de 19 de septiembre 2019.[2]<\/a> Con esta nueva ley, se crea el marco regulatorio e institucional necesario para permitir el desarrollo de grandes proyectos, sin que ello requiera que el Estado desembolse fondos sustanciales a corto plazo.<\/p>\n

La nueva ley busca atraer capital de inversionistas privados que aporten experiencia, conocimientos, equipos, tecnolog\u00eda y capacidades t\u00e9cnicas y financieras. Estos recursos se utilizar\u00e1n para crear, desarrollar, mejorar, operar y\/o mantener infraestructura p\u00fablica para la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos durante un per\u00edodo de tiempo especificado en el contrato correspondiente. La ley establece una duraci\u00f3n m\u00e1xima de 30 a\u00f1os para los contratos APP, per\u00edodo que puede extenderse hasta 10 a\u00f1os adicionales. Por lo tanto, la idea es que el Estado establezca asociaciones a largo plazo con inversionistas que tengan la experiencia necesaria para no solo construir, sino tambi\u00e9n operar y mantener estos proyectos, cumpliendo con los est\u00e1ndares de servicio y calidad establecidos en los documentos de licitaci\u00f3n y en el contrato APP correspondiente.<\/p>\n

El marco institucional para las APP tambi\u00e9n es una innovaci\u00f3n de la nueva ley, ya que los contratos de APP involucran no solo a la entidad p\u00fablica contratante y al contratista de APP (como ocurren en contratos suscritos bajo las leyes vigentes antes de la Ley N\u00b0 93), sino tambi\u00e9n a tres nuevas entidades gubernamentales:<\/p>\n