{"id":34892,"date":"2021-11-09T16:29:01","date_gmt":"2021-11-09T21:29:01","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/?p=34892"},"modified":"2022-11-15T08:43:49","modified_gmt":"2022-11-15T13:43:49","slug":"requisitos-y-condiciones-para-tramites-ante-la-direccion-general-de-ingresos-relacionados-con-el-area-economica-especial-de-panama-pacifico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/requisitos-y-condiciones-para-tramites-ante-la-direccion-general-de-ingresos-relacionados-con-el-area-economica-especial-de-panama-pacifico\/","title":{"rendered":"Requisitos y condiciones para tr\u00e1mites ante la Direcci\u00f3n General de Ingresos relacionados con el \u00c1rea Econ\u00f3mica Especial de Panam\u00e1-Pac\u00edfico"},"content":{"rendered":"
Panam\u00e1, 9 de noviembre de 2021.<\/strong> Mediante la Resoluci\u00f3n 201-8097 del 30 de agosto de 2021 la Direcci\u00f3n General de Ingresos (en adelante DGI) del Ministerio de Econom\u00eda y Finanzas como fue publicada en la Gaceta Oficial 29411 del lunes 9 de noviembre de 2021, detalla requisitos y condiciones espec\u00edficos para personas naturales y jur\u00eddicas establecidas en el R\u00e9gimen especial del \u00c1rea Econ\u00f3mica de Panam\u00e1-Pac\u00edfico.<\/p>\n Detallamos los tr\u00e1mites a continuaci\u00f3n:<\/p>\n El resto de los tr\u00e1mites tributarios sigue las reglas de la Resoluci\u00f3n 201-1838 de acuerdo al Portafolio de Servicios de la DGI.<\/p>\n Cada tr\u00e1mite requiere el an\u00e1lisis correspondiente tanto de la actividad que realiza el contribuyente dentro del \u00e1rea como los documentos que lo sustentan por lo que es importante abordarlo con la gu\u00eda t\u00e9cnica de un Tributarista que le pueda confirmar si puede leg\u00edtimamente disfrutar de alguno de los beneficios fiscales en dicha \u00e1rea especial.<\/p>\n Es importante aclarar que en t\u00e9rminos generales para disfrutar de las reglas tributarias en reg\u00edmenes especiales el reconocimiento formal de los mismos por parte de la DGI es necesario para disfrutar legalmente de \u00e9stos y demostrar por ejemplo frente a terceros la regla tributaria que les aplica en cada caso.<\/p>\n Para m\u00e1s informaci\u00f3n sobre estos temas favor contactar a:<\/p>\n\n