{"id":39107,"date":"2023-10-06T10:25:33","date_gmt":"2023-10-06T15:25:33","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/?p=39107"},"modified":"2023-10-10T09:40:17","modified_gmt":"2023-10-10T14:40:17","slug":"proximos-dias-de-fiesta-nacional-en-panama","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/proximos-dias-de-fiesta-nacional-en-panama\/","title":{"rendered":"Pr\u00f3ximos d\u00edas de Fiesta Nacional en Panam\u00e1"},"content":{"rendered":"
De acuerdo a nuestro C\u00f3digo de Trabajo, los pr\u00f3ximos d\u00edas de descanso obligatorio por considerarlos de fiesta o duelo nacional, son los siguientes: Noviembre<\/strong><\/p>\n Viernes 3 de noviembre:<\/strong>\u00a0D\u00eda de fiesta nacional, considerado como de descanso obligatorio remunerado. El trabajo en ese d\u00eda, se paga con un recargo de 150% y se debe conceder en la semana un d\u00eda de descanso compensatorio, cuyo pago est\u00e1 incluido en el recargo mencionado. De trabajar el d\u00eda de descanso compensatorio, ese d\u00eda se debe pagar con 50% de recargo.<\/p>\n<\/li>\n S\u00e1bado 4 de noviembre:<\/strong>\u00a0D\u00eda regular de trabajo para quienes tienen jornadas laborales de lunes a s\u00e1bados.<\/p>\n<\/li>\n Domingo 5 de noviembre<\/strong>: D\u00eda de fiesta nacional, el trabajo en ese domingo conlleva un recargo de 150%. El d\u00eda de descanso semanal se traslada para el lunes 6,\u00a0<\/strong>por lo que, el trabajo en el d\u00eda lunes se remunera con 50% de recargo, sin perjuicio de conceder en la semana otro d\u00eda como descanso compensatorio que, de trabajarse, se paga con 50% de recargo.<\/p>\n<\/li>\n Viernes 10 de noviembre:<\/strong>Tiene el mismo tratamiento que el d\u00eda 3 previamente explicado.<\/p>\n<\/li>\n Martes 28 de noviembre<\/strong>: D\u00eda de fiesta nacional, el descanso obligatorio es en ese d\u00eda. El trabajo en ese d\u00eda se remunera con 150% de recargo, sin perjuicio de conceder en la semana otro d\u00eda como de descanso compensatorio, cuyo pago est\u00e1 incluido en el recargo mencionado. Si se trabaja el d\u00eda compensatorio, el pago del salario se efectuar\u00e1 con 50% de recargo.<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n Diciembre<\/strong> Enero 2024<\/strong><\/p>\n
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