{"id":39672,"date":"2024-04-05T15:50:20","date_gmt":"2024-04-05T20:50:20","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/?p=39672"},"modified":"2024-04-09T15:08:26","modified_gmt":"2024-04-09T20:08:26","slug":"fuero-electoral-laboral-en-panama","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/fuero-electoral-laboral-en-panama\/","title":{"rendered":"Fuero electoral laboral en Panam\u00e1"},"content":{"rendered":"
El fuero electoral laboral en Panam\u00e1 es un tema de importancia crucial tanto para empleadores como trabajadores, para garantizar la equidad y la participaci\u00f3n democr\u00e1tica en el proceso electoral, especialmente para aquellos trabajadores que deciden postularse como candidatos o son electos para cargos p\u00fablicos.<\/p>\n
El fuero electoral laboral es la garant\u00eda y protecci\u00f3n que tienen los candidatos y los delegados electorales de no ser despedidos, trasladados, suspendidos o desmejorados en sus condiciones laborales, sin autorizaci\u00f3n previa del Tribunal Electoral (en el caso de servidores p\u00fablicos) o de la jurisdicci\u00f3n laboral (en el caso de empresa privada) basada en causa justificada.<\/p>\n
Este fuero, el cual no debe confundirse con la licencia electoral, es un derecho fundamental que protege a los trabajadores durante el periodo en que se dedican a actividades pol\u00edticas, evitando as\u00ed posibles represalias por parte de sus empleadores.<\/p>\n
En Panam\u00e1, el fuero electoral laboral est\u00e1 regulado por el C\u00f3digo Electoral, Cap\u00edtulo III. Esta normativa establece que dicho fuero tendr\u00e1 vigencia en los siguientes casos:<\/p>\n
Es importante se\u00f1alar que el hecho de un trabajador posea este fuero, no significa que no se pueda terminar la relaci\u00f3n laboral mediante despido. La empresa debe solicitar autorizaci\u00f3n previa ante los Juzgados Seccionales de Trabajo.<\/p>\n
En caso de despido, traslado, suspensi\u00f3n o desmejoramiento de las condiciones laborales, el aforado contar\u00e1 con el t\u00e9rmino de quince d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la medida adversa para presentar a su empleador la certificaci\u00f3n u otro documento id\u00f3neo que acredite el fuero. Si el aforado no prueba su condici\u00f3n dentro del t\u00e9rmino se\u00f1alado, pierde el fuero.<\/u><\/p>\n
El fuero electoral laboral va de la mano con lo que establece el C\u00f3digo de Trabajo, art\u00edculo 128, numeral 16. Seg\u00fan esta normativa, los trabajadores que decidan participar como candidatos en una elecci\u00f3n tienen derecho a solicitar una licencia sin goce de salario para el desempe\u00f1o de una comisi\u00f3n o cargo p\u00fablico por un t\u00e9rmino no menor de seis meses ni mayor de dos a\u00f1os, conservando el derecho al reintegro dentro del plazo fijado, con todos los derechos derivados de sus respectivos contratos. En los casos de cargos p\u00fablicos de\u00a0elecci\u00f3n\u00a0popular la licencia ser\u00e1 por el t\u00e9rmino que dure el cargo.<\/p>\n
Esta licencia les permite a los trabajadores electos dedicarse de manera exclusiva a sus actividades pol\u00edticas sin que esto afecte su estabilidad laboral, ya que una vez culmine el periodo para el cual fue elegido, tiene derecho a ser reintegrado a su puesto de trabajo bajo las mismas condiciones que ten\u00eda previo al inicio de la licencia.<\/p>\n
La importancia del fuero electoral laboral radica en garantizar la libre participaci\u00f3n pol\u00edtica de los trabajadores, sin que tengan que enfrentarse a posibles represalias o discriminaciones por parte de sus empleadores.<\/p>\n
Este fuero contribuye a fortalecer el sistema democr\u00e1tico al fomentar una mayor representatividad y diversidad en los \u00f3rganos de gobierno. Al brindar la oportunidad a trabajadores de diferentes sectores y profesiones de participar en la vida pol\u00edtica del pa\u00eds, se enriquece el debate p\u00fablico y se promueve una mayor inclusi\u00f3n en la toma de decisiones.<\/p>\n
El C\u00f3digo Electoral es categ\u00f3rico en sancionar fuertemente<\/u> a aquellos individuos \u201cautores materiales o intelectuales\u201d que despidan, trasladen o en cualquier forma desmejoren de su cargo o puesto de trabajo, p\u00fablico o privado, a toda persona protegida con fuero electoral laboral. La sanci\u00f3n consiste en pena de prisi\u00f3n de 1 a 3 a\u00f1os de prisi\u00f3n ya que considera estas acciones como delitos electorales.<\/u>\u00a0 Por esto, las empresas que quieran realizar una terminaci\u00f3n a un trabajador que posea este tipo de fuero, deben asesorarse correctamente.<\/p>\n
Sin embargo, es fundamental garantizar que el fuero electoral laboral no se convierta en un obst\u00e1culo para el buen funcionamiento de las empresas y organizaciones, especialmente en sectores cr\u00edticos como empresas privadas, la salud o la educaci\u00f3n. Por lo tanto, es importante encontrar un equilibrio entre los derechos de los trabajadores y las necesidades operativas de las empresas, mediante la implementaci\u00f3n de medidas flexibles y adaptadas a las distintas realidades laborales.<\/p>\n
Autora: Sophia Lee, Asociada Senior, sophia.lee@morimor.com<\/a><\/p>\n