{"id":40331,"date":"2024-11-01T09:16:57","date_gmt":"2024-11-01T14:16:57","guid":{"rendered":"https:\/\/morimor.com\/?p=40331"},"modified":"2024-11-01T09:16:57","modified_gmt":"2024-11-01T14:16:57","slug":"nueva-ley-446-que-concede-exoneracion-del-pago-de-intereses-y-recargos-por-morosidad-tributaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/morimor.com\/es\/nueva-ley-446-que-concede-exoneracion-del-pago-de-intereses-y-recargos-por-morosidad-tributaria\/","title":{"rendered":"Nueva Ley 446 que concede exoneraci\u00f3n del pago de intereses y recargos por morosidad tributaria"},"content":{"rendered":"
Mediante Ley 446 de 28 de octubre de 2024 <\/strong>publicada en la Gaceta Oficial No. 30149-C, se concede una moratoria tributaria que condona el pago de los intereses y recargos causados por los tributos morosos de pago, bajo las siguientes condiciones:<\/p>\n Tributos incluidos:<\/u> Impuesto sobre la renta, Impuesto de inmueble, Impuesto de Aviso de Operaci\u00f3n, Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestaci\u00f3n de Servicios (ITBMS), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y Tasa \u00danica Anual de Sociedades An\u00f3nimas y Fundaciones de Inter\u00e9s Privado.<\/p>\n<\/li>\n La moratoria se aplicar\u00eda llevando a cabo el pago correspondiente al total de los saldos nominales adeudados, incluyendo multas, quedando exonerados del total de los intereses, recargos causados y las salaciones relacionadas al proceso ejecutivo de cobro.<\/p>\n<\/li>\n Disposiciones especiales:<\/u> los contribuyentes que, en condiciones de agentes de retenci\u00f3n mantengan morosidad por impuestos retenidos de cuotas inherentes a periodos hasta junio de 2024 en concepto de Impuesto sobre la Renta y Seguro Educativo, podr\u00e1n hasta el 31 de diciembre de 2024 extinguir los saldos adeudados pagando directamente a la Direcci\u00f3n General de Ingresos.<\/p>\n<\/li>\n Esta Ley empezar\u00e1 a regir<\/strong> desde su promulgaci\u00f3n y hasta el 31 de diciembre de 2024.<\/strong><\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n Para m\u00e1s informaci\u00f3n, por favor contactar a nuestro equipo de Derecho Fiscal:<\/strong><\/p>\n Jos\u00e9 Rafael Reyes\n
\njose.reyes@morimor.com<\/a><\/p>\n