Preguntas Frecuentes

¿A quién debo acudir si tengo una duda sobre mi factura de anualidad, asunto o estado de cuenta?

Favor contactar al cobrador encargado de su cuenta. Podrá ver su nombre y datos de contacto en la parte inferior derecha de su factura o estado de cuenta. Podrá hacerlo vía teléfono o e-mail.

¿Qué es una Factura de Anualidad?

Es el documento expedido por Morgan & Morgan indicando el monto de honorarios, gastos y tributos generados y/o por generar, por la prestación de servicios  de: (i) Agente Residente, ya sea de una sociedad, una fundación de interés privado, un fideicomiso o una embarcación; (ii) Junta Directiva; (iii) Consejo de Fundación; (iv) Fiduciario;   así como el monto  de la  Tasa Única  a que están sujetan las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y   fundaciones de interés privado   que se constituyan bajo las leyes de Panamá, que se factura una vez al año por manejo,  representación y registro.

¿Qué es el Agente Residente?

La legislación panameña requiere que toda sociedad, fideicomiso y fundación que se constituya, o nave que se registre bajo sus leyes, debe designar un Agente Residente, que debe ser un abogado o Firma de Abogados, con idoneidad para ejercer la abogacía en Panamá.    Salvo que los documentos de constitución de la entidad establezcan otra cosa, el Agente Residente no tendrá facultad alguna para obligar ni representar a la entidad de que se trate.

El Agente Residente no tiene la capacidad legal para recibir notificaciones a nombre de una entidad jurídica.  Dentro de las facultades que tiene el Agente Residente se puede mencionar la de llevar los registros exigidos para las entidades jurídicas constituidas de conformidad con las leyes de la República de Panamá y con las cuales mantiene una relación profesional en el presente, aplicar las medidas para conocer al cliente, proporcionar a las autoridades competentes información previo cumplimiento de normas, requisitos y procedimientos legales previstos en la República de Panamá para tal efecto, presentar ante notario para su protocolización, actas y/o  certificaciones o extractos de actas de reuniones de directores y/o accionistas de las entidades jurídicas, servir de conducto para el pago de la tasa única de las sociedades y fundaciones.

¿Qué es la Tasa Única?

Es un tributo establecido por ley que debe ser pagado anualmente por las sociedades y fundaciones de interés privado constituidas bajo las leyes de Panamá para mantener su plena vigencia. El pago de este impuesto se debe realizar por conducto del Representante Legal o el Agente Residente de la sociedad o fundación de interés privado.

¿Qué es el Impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios –ITBMS- ? TBMS (IVA / VAT)?

El ITBMS (Impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios), conocido en otros países como IVA / VAT, es el impuesto que grava las transferencias o transmisiones de bienes muebles realizadas en Panamá y la prestación de determinados servicios, incluyendo servicios legales.

En la actualidad, el ITBMS es del 7%.

 

¿Cuál es el plazo para pagar la Tasa Única y cuáles son los recargos y multas si no pago a tiempo?

A continuación se presenta la información correspondiente a los plazos para el pago de la Tasa Única, así como el monto de los recargos y multas, según la jurisdicción en que está organizada la persona jurídica. El pago de la Tasa Única debe ser recibido 5 días hábiles antes de la fecha de vencimiento indicado en los recuadros, para garantizar el pago oportuno al Registro correspondiente.

Sociedades de Panamá-1er Semestre:
Sociedad Constituida entre Enero a Junio

Monto de  Tasa Única Vencimiento Recargo a partir del
(16 de julio)
Multa
Se cobra cada 2 años después de 2 períodos consecutivos de no pago de tasa anual.  
Cargo por Manejo
A partir del 16 de julio
US$300.00 15 de Julio US$50.00 US$300.00 US$25.00 +ITBMS

 

Fundaciones de Panamá

Monto de Tasa Única Vencimiento Recargo a partir del (16 de julio) Multa
Se cobra cada 2 años después de 2 períodos consecutivos de no pago de tasa anual.  
Cargo por Manejo
A partir del 16 de julio
US$400.00 15 de Julio US$50.00 US$300.00 US$25.00 +ITBMS


Sociedades de Panamá-2do Semestre:
Sociedad Constituida entre Julio a Diciembre

Monto de Tasa Única Vencimiento Recargo a partir del (16 de julio) Multa
Se cobra cada 2 años después de 2 períodos consecutivos de no pago de tasa anual. *
Cargo por Manejo
A partir del 16 de julio
US$300.00 15 de Enero US$50.00 US$300.00 US$25.00 +ITBMS

*Con la falta de pago de la tasa única anual por dos periodos consecutivos (2 años) tendrá como efecto, además del recargo por cada año, la aplicación de una multa de trescientos balboas (B/.300.00).
*Con la falta de pago de la tasa única anual por tres periodos consecutivos (3 años) tendrá como efecto, además del recargo por cada año, multa por la ausencia de pago por 2 periodos, adicional la sociedad incurrirá en la marginal de mil balboas (B/.1,000.00 + gastos + fees + ITBMS).

 

Sociedades de BVI-1er Semestre:
Sociedad Constituida entre Enero a Junio

Monto de Tasa Única

Vencimiento

10% recargo
(01 de Junio al 31 de Julio)

50% recargo
(01 de Agosto al 31 de Octubre)

SUSPENSIÓN DEL REGISTRO
(01 de Nov al 30 de Abril)

01 de Mayo
(restauración)

Cargo por Manejo

US$450 (Capital hasta US$50,000)

31 de Mayo

US$45.00 US$225.00 US$500.00 US$1,500.00 US$25.00
US$1,200 (Capital por más de US$50,000) US$120.00 US$600.00 US$500.00 US$1,500.00 US$25.00
US$450.00 (Capital no definido) US$45.00 US$225.00 US$500.00 US$1,500.00 US$25.00

 

Sociedades de BVI-2do Semestre:
Sociedad Constituida entre Julio a Diciembre

Monto de Tasa Única

Vencimiento

10% recargo
(01 de Dic al 31 de Enero)

50% recargo
(01 de Feb al 30 de Abril)

SUSPENSIÓN DEL REGISTRO
(01 de Mayo al 31 de Oct)

01 de Nov.
(restauración)

Cargo por Manejo
US$450 (Capital hasta US$50,000)

30 de Noviembre

US$45.00 US$225.00 US$500.00 US$1,500.00 US$25.00
US$1,200 (Capital por más de US$50,000)

US$120

US$600.00

US$500.00

US$1,500.00

US$25.00
US$450.00 (Capital no definido) US$45.00 US$225.00 US$500.00 US$1,500.00 US$25.00

 

Sociedades de Belice

Monto de Tasa Única

Vencimiento 50% recargo
(01 de Nov al 31 de Dic)
SUSPENSIÓN DEL REGISTRO
(01 de Enero al 30 de Junio)

01 de Julio
(restauración)

Cargo por Manejo
US$150.00
(Capital hasta US$50,000.00)

31 de julio

US$75.00 US$500.00 US$1,000.00 US$25.00
US$1,000 (Capital por más de US$50,000) US$500.00 US$500.00 US$1,500.00 US$25.00
US$350 (Capital no definido) US$175.00 US$300.00 US$600.00 US$25.00


Bahamas Companies

Monto de Tasa Única

Vencimiento 10% recargo
(01 de Abril al 31 de Oct)
50% recargo
(01 de Nov al 31 de Dic)
SUSPENSIÓN DEL REGISTRO
(01 de Enero)
SUSPENSIÓN DEL REGISTRO
(Multa anual) *
Cargo por Manejo
US$350 (Capital hasta US$50,000)

31 de Marzo

US$35.00 US$175 US$600.00 $150.00 US$25.00
US$1,000(Capital por más de US$50,000) US$100.00 US$500.00 US$600.00 $150.00 US$25.00

*La Multa anual es por cada año que la sociedad esté suspendida en el registro.
**Después de 2 años de inactivación en el registro, la multa de restauración para la Sociedad aumentará de US$600.00 a US$1,000.00

Dato Importante sobre Sociedades de Belice y Bahamas

Para realizar trámites legales de estas jurisdicciones, se requiere el pago del impuesto de tasa corriente.

 

Dato Importante sobre Sociedades de otras Jurisdicciones:

Para consultas relacionadas a fechas de vencimientos de sociedades de jurisdicciones no mencionadas en los cuadros antes detallados, favor contactar al cobrador encargado de su cuenta.

 

¿Qué es el cargo de Marginal?

Es la multa impuesta por la Dirección General de Ingresos de la República de Panamá (DGI) para todas las Sociedades anónimas y Fundaciones registradas bajo la legislación panameña, que han dejado de pagar su tasa única anual por más de tres (3) años al Registro Público de Panamá, multa según el parágrafo 2 del Artículo 318-A del Código Fiscal de la República de Panamá, suspende todos los derechos corporativos de dicha entidad. 

 

 

¿A qué obedece el cargo de Debida Diligencia?

Las normas de cumplimiento y procedimientos de Debida Diligencia que exigen las distintas jurisdicciones donde  Morgan & Morgan provee servicios legales, así como las políticas de organizaciones multilaterales (tales como GAFI y OCDE), han impactado en los agentes residentes que incorporan sociedades, causando un incremento directo en nuestros costos para suministrar dichos servicios. Nuestra firma ha incluido en sus Tarifas a partir de este año 2015, un Cargo anual recurrente por debida diligencia de US$50.00. Es importante aclarar que este cargo se hará por cliente y no por sociedad. Es decir, si usted tiene más de una sociedad, se le cobrará solamente US$50.00 al año.

¿Legalmente que debo hacer si no deseo mantener activa una Sociedad o Fundación de interés privado?

De acuerdo a las disposiciones legales cuando un cliente no requiere mantener la Sociedad o Fundación activa el procedimiento es solicitar la disolución y liquidación de la misma poniéndose en contacto con el despacho o abogado encargado del cliente.

 

¿Cuáles son las formas de pagos que puedo utilizar?

Por tarjeta de crédito en línea, utilizando el link que se proporciona en los estados de cuentas y/o facturas y desde nuestra página web, por transferencia internacional, por ACH en bancos locales y/o cheques, otras monedas (Euro y Franco Suizos).     

La información de las rutas bancarias, aparecen en la parte inferior de sus facturas y estados de cuenta.

 

 

 

¿A quién me debo dirigir en caso de tener dudas sobre el contenido de alguna factura?

Favor contactar directamente al Despacho del Abogado, si sus consultas están relacionadas con:

  • Tarifas
  • Acuerdo Honorarios pactados
  • Consulta por algún gasto facturado
  • Si no desea mantener la Sociedad vigente (si es una Anualidad).
  • Evidencia de la factura (Asuntos) entregada
  • Cambios en “Dirección y/o Nombre a Facturar”
  • Copia de Factura de Asunto

Favor contactar directamente al Cobrador, si sus consultas están relacionadas con:

  • Confirmación de Pago
  • Fechas de Vencimiento (si es una Anualidad)
  • Solicitud de Estado de Cuenta
  • Información de los Métodos de Pago
  • Copia de factura Anualidad
  • Relación de Pago (facturación y pagos de sus cuentas)
  • Avisos para retiro de cheques

Políticas de Crédito de Morgan & Morgan

Salvo acuerdo por volumen de operaciones, todos los servicios deberán ser cancelados al momento de la expedición de la factura correspondiente.

Cargo por Manejo: Cargo por Manejo de US$25.00 + ITBMS (7%), que se genera por las facturas de Anualidad PANAMÁ, BVI, BELICE y BAHAMAS no pagadas antes de su vencimiento correspondiente.