Decreto Ejecutivo No. 1 de 10 de enero de 2024
El Presidente de la República ha emitido el nuevo Decreto sobre Salario Mínimo que entra a regir a partir del 16 de enero de 2024, teniendo en cuenta que no se logró un consenso en la Comisión de Salario Mínimo y le corresponde al Órgano Ejecutivo fijar las nuevas tasas aplicables.
Es importante recordar que el salario mínimo es la cantidad menor en dinero que debe pagar el empleador al trabajador, fijado por unidad de tiempo, para la región actividad o profesión de que se trate. El salario mensual que debe recibir cada trabajador dependerá de la cantidad de horas a la semana que se haya pactado en el contrato de trabajo.
No se trata de un aumento general de salarios. El aumento aplica únicamente a aquellos trabajadores que reciben salario mínimo o que debido al aumento su rata actual quede por debajo del nuevo salario mínimo.
En términos generales, el nuevo aumento corresponde a los siguientes porcentajes:
- 4.5% pequeñas empresas
- 6.0% grandes empresas
- 7.0% empresas bananeras
La tasa específica por hora, correspondiente a cada actividad, profesión y región puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29946_A/102409.pdf
La clasificación de los distritos del país en Región 1 y Región 2 se mantuvo, sin cambios, pero algunas actividades tienen la misma tasa aplicable para ambas regiones.
La tasa para el trabajo doméstico se fijó como en ocasiones anteriores en un monto mensual. La nueva rata mensual es de B/. 340 para la Región 1 y B/. 315 para la Región 2.
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