Se modifican los requisitos para la supresión de visa de turista a los extranjeros de nacionalidades restringidas
A partir del 28 de octubre de 2024, los extranjeros de nacionalidad restringida que al momento de ingresar a Panamá mantengan una visa vigente otorgada por Canadá, Estados Unidos, Australia, República de Corea, Japón, Reino Unido, Singapur o cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea, podrán ingresar al país sin necesidad de visa de turista estampada.
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Anteriormente esta visa tenía que cumplir con los siguientes requisitos: (i) haber sido otorgada para múltiples entradas y salidas; (ii) haber sido utilizada al menos en una ocasión para ingresar al país emisor y (iii) tener una vigencia de al menos 6 meses al momento de ingresar a Panamá. Sin embargo, ahora sólo se va requerir que la visa se encuentre vigente.
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Este cambio ha sido introducido mediante el Decreto Ejecutivo No. 196 de 28 de octubre de 2024, publicado en Gaceta Oficial el 28 de octubre de 2024.
Se exonera el 50% de multa para regularizar la condición migratoria
A partir del 1 de agosto de 2024 y hasta 31 de julio de 2025, el Servicio Nacional de Migración exonerará el 50% de las multas por estadía vencida para los ciudadanos extranjeros que presenten solicitud para regularizar su condición migratoria.
Esta medida ha sido implementada mediante la Resolución No. 39760 de 31 de julio de 2024 publicada en Gaceta Oficial el 30 de octubre de 2024.
Nuevo plazo para presentar prórrogas de permisos de residencia vencidos
Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo para presentar los permisos de residencia que vencieron desde el 13 de marzo de 2020.
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Este plazo aplica para las solicitudes de Prórroga de Permisos de Residencia Temporales, Provisionales, Permisos de Residencia Permanentes y Visa de Trabajadores Domésticos.
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Después del 31 de diciembre de 2024, queda vigente lo establecido en la Resolución No. 15,703 del 24 de agosto de 2012, la cual concede un término de 6 meses para presentar solicitudes de prórrogas o permanencias.
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Este nuevo plazo es establecido mediante la Resolución No. 46625 de 10 de octubre de 2024 publicada en Gaceta Oficial el 24 de octubre de 2024.
Nuevas multas para el control migratorio
El Decreto Ejecutivo No. 194 de 25 de octubre de 2024 establece nuevas multas que se impondrán por infringir los puestos de control migratorios en Panamá, de la siguiente forma:
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Los extranjeros que ingresen a Panamá violando los controles migratorios ya sea por aire, mar o tierra, recibirán una multa entre B/. 1,000 y B/. 5,000, dependiendo de la gravedad de la infracción.
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El extranjero no podrá abandonar Panamá sin haber pagado la multa. En caso de no contar con los recursos para el pago de la multa, será deportado.
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Aquellos extranjeros que ingresen a Panamá por la selva del Darién serán sancionados con una multa ajustada a su condición económica, la cual debe ser pagada antes salir hacia Costa Rica.
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Se establece una escala de multas según la cantidad de veces que se infrinja el control migratorio en la frontera con Colombia.
Nueva vigencia de la visa de pasajeros o tripulantes en tránsito para cubanos
El Decreto Ejecutivo No. 195 de 25 de octubre de 2024 extiende hasta el 31 de julio de 2025 la vigencia del Decreto Ejecutivo No. 162 de 19 de diciembre de 2022, que regula la Visa de Pasajeros o Tripulantes en Tránsito para los ciudadanos de nacionalidad cubana.
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La Visa de Pasajeros o Tripulante en Tránsito solo permite al titular a permanecer en el área de tránsito internacional del aeropuerto hasta por 24 horas, con la finalidad de que pueda continuar su viaje.
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La vigencia del Decreto Ejecutivo No. 162 ha sido modificada en múltiples ocasiones, siendo la última modificación realizada mediante el Decreto Ejecutivo No. 11 de 10 de enero de 2024, el cual prorrogó su vigencia hasta el 31 de julio de 2024.
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