La Ley 468 de 24 de abril de 2025, por la cual se establece el régimen de intereses preferenciales de los préstamos hipotecarios, introdujo una importante modificación al Impuesto de Transferencia de Bien Inmueble (ITBI): la derogación del artículo 4 de la Ley 106 de 1974, que regula dicho impuesto.
Esta derogación implica la anulación de la exención del ITBI dentro de las operaciones de la primera transferencia de bienes inmuebles, que se perfeccionaban dentro de los cinco años siguientes a la emisión del permiso de ocupación.
Esta exención de impuesto beneficiaba principalmente a las personas dedicadas a la venta de viviendas nuevas (promotores y desarrolladores de proyectos inmobiliarios), pues el requisito para gozar de la exención del impuesto requería que se tratara de la primera operación de compraventa registrada sobre el bien inmueble.
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