Por Fanny Evans, Asociada Senior, Morgan & Morgan
¿Qué es la CTA?
La CTA se promulgó el 1 de enero de 2021 como parte de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para impedir el uso de compañías para evadir las normas contra el blanqueo de capitales o para ocultar otras actividades ilegales. En virtud de la CTA, las compañías estarán obligadas a presentar la información relativa a sus beneficiarios reales mediante un registro de beneficiarios mantenido por la Red de Ejecución de Delitos Financieros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (FinCEN, por sus siglas en inglés).
¿Cuándo entra en vigor la CTA y su reglamentación?
La CTA entrará en vigencia en la fecha en que el Secretario del Tesoro de los Estados Unidos prescriba y emita su reglamentación, los cuales deberán ser promulgados en el plazo de un año a partir de la promulgación de la Ley, siendo esa fecha enero de 2022.
¿Quién debe reportar?
De acuerdo a la CTA, las entidades obligadas a reportar se denominan “compañías declarantes”. Una compañía declarante se define en términos generales en la CTA como una sociedad anónima, una sociedad de responsabilidad limitada u otra entidad similar creada en virtud de la legislación estatal o constituida bajo las leyes de una jurisdicción extranjera y registrada para hacer negocios en los Estados Unidos. No está claro si una entidad similar incluye sociedades o fideicomisos y se espera que la normativa aporte algo de claridad al respecto.
¿Quién está exento de reporte?
La CTA contiene la exclusión de categorías de entidades de la definición de compañía declarante. Una entidad que entre en una de estas categorías no estará obligada a presentar información de los beneficiarios reales a la FinCEN. Para revisar la lista de exclusiones, HAGA CLIC AQUÍ.
¿Quién es considerado como Beneficiario Real?
Una persona que ejerce un control sustancial sobre la compañía o que posee o controla al menos el 25% de la compañía, y los solicitantes, definidos como cualquiera que presente una solicitud para constituir la compañía o registrar una sociedad extranjera en los Estados Unidos. La CTA no explica qué constituye un “control sustancial” y se espera que la reglamentación brinde cierta claridad al respecto.
¿Qué información debe reportarse sobre el Beneficiario Real?
- Nombre Legal Completo
- Fecha de Nacimiento
- Dirección residencial o comercial actual, y
- Un número de identificación único, que puede ser de un pasaporte estadounidense vigente, un documento de identidad estadounidense o estatal que no haya expirado, licencia de conducir vigente, o un pasaporte extranjero válido.
Todas las compañías declarantes deben presentar un informe en el plazo de un año a partir del cambio de información sobre el beneficiario. Los cambios que dan lugar a este informe incluyen:
(i) un cambio en el control sustancial de la compañía declarante,
(ii) un cambio en los datos de contacto del beneficiario o del aplicante, y
(iii) un beneficiario que exceda o disminuya la participación del 25%.
¿Quién tiene acceso a la Base de Datos de la FinCen?
La información recopilada en la base de datos de la FinCEN no estará a disposición del público, pero sí de las agencias federales dedicadas a la seguridad nacional, a la inteligencia o a la aplicación de la ley, y de las fuerzas del orden estatales o locales si lo autoriza un tribunal.
Las instituciones financieras también podrán recibir esta información con el consentimiento de la compañía declarante.
¿Cuáles son los plazos para los reportes?
a) Toda compañía declarante que exista al momento de la entrada en vigor de la reglamentación debe presentar el informe en el plazo de dos años a partir de la fecha efectiva de la reglamentación.
b) Toda compañía declarante creada con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de la reglamentación, debe presentar el informe durante la constitución de la sociedad.
¿Cuáles son las sanciones?
Cualquier persona que intencionadamente proporcione o intente proporcionar información falsa o fraudulenta sobre el beneficiario real, incluida una fotografía o un documento de identificación falso o fraudulento, o que no presente informes completos o precisos, o no proporcione informes actualizados, se enfrentará a sanciones de hasta
$10,000 (acumulado a razón de $500 por día en que el informe esté pendiente) y/o pena de prisión de hasta dos años.
La divulgación o el uso de información sobre el beneficiario real sin autorización, también está sujeta a una sanción de $500 por día y de hasta
$250,000 y/o 5 años de prisión.
Para más información, sugerimos que se ponga en contacto con un abogado idóneo en los Estados Unidos.
Descargo de Responsabilidad
La información aquí contenida no debe ser interpretada, aceptada o utilizada y no se proporciona como asesoramiento legal y no debe ser tratarse como un sustituto de consultas legales con un profesional. Es simplemente un resumen de la Ley de Transparencia Corporativa emitida recientemente en los Estados Unidos. Tenga en cuenta que la legislación a la que se hace referencia en este documento puede sufrir modificaciones.