Panamá, 6 de febrero de 2026. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó, mediante la Circular MEF‑2026‑3564, el inicio del proceso de disolución involuntaria de personas jurídicas a partir del 27 de febrero de 2026. La medida forma parte de los esfuerzos del Gobierno Nacional para fortalecer el cumplimiento de estándares internacionales en materia de transparencia, cooperación y depuración del registro corporativo del país.
La circular detalla la conformación de un Comité de Trabajo interinstitucional, integrado por la Dirección General de Ingresos, el Registro Público de Panamá y la Superintendencia de Sujetos No Financieros, con el propósito de coordinar y ejecutar las acciones necesarias para la depuración de personas jurídicas pendientes de disolución.
El proceso será ejecutado en etapas, según el régimen aplicable:
- Etapa 1: Personas jurídicas afectadas con marginal de disolución por falta de pago de la tasa única por más de 10 años (año fiscal 2016), conforme al artículo 318‑A del Código Fiscal.
- Etapa 2: Personas jurídicas con estatus suspendido en el Registro Público, según el artículo 318‑A del Código Fiscal modificado por las Leyes 52 de 2016 y 254 de 2021.
En la primera fase, se iniciará la disolución involuntaria de un grupo de 180,883 personas jurídicas previamente homologadas entre la Dirección General de Ingresos y el Registro Público. Los grupos restantes serán procesados de forma escalonada conforme a las directrices técnicas y legales definidas por el Comité de Trabajo Interinstitucional.
Morgan & Morgan mantiene su disposición para brindar asistencia en la revisión del estatus de sus entidades y acompañarlos en cualquier gestión que estime necesaria, para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y legales, con el fin de evitar la aplicación de medidas de disolución involuntaria.
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