A través del Decreto No. 102 de 01 de Julio de 2022, promulgado en Gaceta Oficial el 04 de julio de 2022 (en adelante “El Decreto”), el Ministerio de Salud de la República de Panamá establece nuevas medidas sanitarias para el ingreso de viajeros al territorio nacional.
MEDIDAS RELEVANTES:
A continuación, las medidas más relevantes incluidas en el Decreto:
- Se establece que todo viajero mayor de cinco (5) años de edad, sea nacional, residente o extranjero, que ingresa al territorio nacional por vía aérea, terrestre o marítima, deberá contar con el esquema completo de vacunación o, al menos, dos (2) dosis de la vacuna contra el virus SARS-CoV-2, causante de la COVID-19, o según el esquema nacional de vacunación aprobado por su país de origen o procedencia.
- Previo al momento del viaje, el viajero deberá registrar de forma digital la constancia de su vacunación.
- Todo viajero que no cumple con el esquema completo de vacunación deberá presentar, previo al abordaje en aerolínea, puerto de embarque o en la empresa que efectúa el transporte, una prueba de COVID-19 (antígeno o PCR), con el resultado negativo o no detectado, tomada en un laboratorio clínico certificado de su país de origen, con una antelación máxima de setenta y dos (72) horas.
- Los menores de cinco (5) años de edad quedan exceptuados de realizarse cualquier tipo de prueba COVID-19 si sus padres, tutores o cuidadores cumplen con el esquema de vacunación completo, o una prueba COVID-19, con resultado negativo o no detectado.
- Este Decreto deroga el Decreto Ejecutivo No. 17 del 16 de febrero de 2022 y cualquier otra disposición reglamentaria que le sea contraria.
Comentarios:
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Todo viajero mayor de cinco (5) años de edad, ya sea nacional, residente o extranjero deberá cumplir con el esquema completo de vacunación o al menos dos (2) dosis de la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 para ingresar al territorio panameño.
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El esquema completo de vacunación deberá ser registrado de forma digital.
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Todo viajero que no cumple con el esquema completo de vacunación deberá presentar una prueba de COVID-19 (antígeno o PCR) con el resultado negativo o no detectado realizado con una antelación máxima de setenta y dos (72) horas.
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Los menores de cinco (5) años, quedaran exentos de la prueba de COVID-19 siempre y cuando sus padres, tutores o cuidadores cuenten con una prueba de COVID-19 negativa o no detectada.
- El decreto empezará a regir a partir del 18 de julio de 2022.