El Servicio Nacional de Migración a través de la Resolución No. 4887 de 18 de febrero de 2025, publicada en Gaceta Oficial el jueves 27 de febrero de 2025, dispone lo siguiente:
- Duración del permiso de estadía:
- El permiso de estadía será otorgado por un período de seis (6) meses calendario a todo el personal extranjero titular de una Visa de Personal Permanente SEM, así como a sus dependientes, cuyo vínculo laboral haya finalizado.
- Plazo para solicitar el permiso de estadía:
- El permiso de estadía deberá ser solicitado por la empresa con licencia SEM, mediante apoderado legal a través de la plataforma INFOSEM de la Ventanilla Única de la Dirección Nacional de la Promoción de la Inversión del Ministerio de Comercio e Industrias, dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la finalización de la relación laboral.
- Posterior al plazo de cinco (5) días hábiles, el Servicio Nacional de Migración no aceptará solicitudes de permiso de estadía.
- Requisitos para solicitar el permiso de estadía:
- Poder otorgado por el representante legal o persona autorizada para tal fin y solicitud dirigida al Servicio nacional de Migración.
- Carné vigente a través del cual se le concedió la Visa SEM.
- Carta emitida por la empresa con Licencia SEM, firmada por el representante legal o la persona autorizada para tal fin, debidamente autenticada ante Notario Público. La carta debe estar dirigida al Servicio Nacional de Migración e incluir (i) los datos generales del personal extranjero solicitante y sus dependientes; (ii) la fecha exacta de finalización de la relación laboral; (iii) la solicitud de cancelación o desistimiento de la visa; y (iv) el plazo solicitado para el permiso de estadía, el cual no podrá exceder los seis (6) meses calendario.
- Certificación expedida por la Dirección General de Sedes de Empresas Multinacionales, que confirme la presentación de la solicitud del permiso de estadía.
- Condiciones para que se otorgue el permiso de estadía:
- El permiso de estadía podrá otorgarse por un período de seis (6) meses calendario, siempre que el carné otorgado por la Visa SEM tenga una vigencia no inferior a dicho plazo. En caso de que el carné tenga una vigencia inferior a seis (6) meses calendario o sea un carné de trámite de Visa SEM, el permiso de estadía se concederá hasta la fecha de vencimiento del respectivo carné.
- Costo del carné de permiso de estadía:
- Para obtener el permiso de estadía, el extranjero y sus dependientes deberán obtener un nuevo carné, cuyo período de vigencia no podrá exceder los seis (6) meses calendario y tendrá costo de cien balboas (B/.100.00) por cada carné.
- Plazo para abandonar el país o regularizar su estadía:
- Al concluir el término de la estadía en el territorio nacional, el personal extranjero dispondrá de cinco (5) días calendario para abandonar el país o regularizar su situación migratoria, con el fin de evitar la imposición de una multa por estadía vencida.
- Cambios en la normativa del permiso de estadía:
- La Resolución No. 21479 del 11 de noviembre de 2011, que inicialmente regulaba el permiso de estadía, permitía que los extranjeros y sus dependientes a quienes se les había concedido un carné de visa SEM pudieran continuar utilizándolo durante el periodo del permiso de estadía por seis (6) meses.
- Con la Resolución No. 4887, se introducen cambios significativos, ya que, a partir de esta nueva normativa, los extranjeros y sus dependientes ya no podrán conservar el carné previamente otorgado. En su lugar, deberán obtener un nuevo carné de estadía, cuya vigencia no podrá exceder los seis meses calendario. Además, se establece un plazo para la solicitud del permiso de estadía.
- Esta resolución entró a regir a partir de su publicación en Gaceta Oficial; es decir, el 27 de febrero de 2025.
Para más información, por favor contactar a nuestro equipo de Migración: