El Decreto Ejecutivo No. 188 del 3 de octubre de 2024 (en adelante el “Decreto”) publicado en Gaceta Oficial el 3 de octubre de 2024, establece medidas temporales para reconocer la validez de los pasaportes de ciudadanos venezolanos que residen en el territorio panameño y dispone lo siguiente:
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Se aceptará el uso de los pasaportes vencidos de ciudadanos venezolanos que se encuentren en el territorio de la República de Panamá, como documento de identidad válido y vigente. Estos pasaportes podrán ser utilizados para realizar cualquier tipo de trámite migratorio, laboral, fiscal, educativo, comercial, así como para la obtención de licencias de conducir ante las entidades públicas panameñas.
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Los pasaportes vencidos de ciudadanos venezolanos serán aceptados como válidos en el ámbito privado, para las personas de nacionalidad venezolana que se encuentren en el territorio de la República de Panamá.
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Las instituciones públicas del Estado panameño y del sector privado considerarán válidos, por un lapso de seis (6) meses a partir de la entrada en vigor de este Decreto Ejecutivo, los pasaportes de personas de nacionalidad venezolana que hayan vencido a partir del 1 de septiembre de 2023.
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El Decreto Ejecutivo entrará en vigor al día siguiente de su promulgación en la Gaceta Oficial y permanecerá vigente por un periodo de seis (6) meses.
Comentarios:
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Mediante este Decreto se establece que los ciudadanos venezolanos puedan utilizar sus pasaportes vencidos como documentos de identidad válidos, tanto en entidades públicas como privadas, lo que transitoriamente representa un avance significativo en la política migratoria de Panamá.
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El plazo de seis (6) meses durante el cual los pasaportes que hayan vencido desde el 1 de septiembre de 2023 serán considerados válidos, introduce una temporalidad en la aplicación de la norma, lo que refleja un enfoque funcional para atender la situación migratoria de los venezolanos.
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Este Decreto empezará a regir a partir del 4 de octubre de 2024.