La Resolución número 636 de 27 de enero de 2021, emitida por el Servicio Nacional de Migración (“SNM”) y publicada en Gaceta Oficial el 1 de febrero de 2021 establece una extensión adicional a la vigencia de documentos, en razón de crisis por la pandemia del COVID-19, a saber:
- Una extensión hasta el 30 de junio de 2021 en la vigencia de todo documento de identificación emitido por el SNM (Carnés de Permisos Provisionales, Visas de No Residentes, Carnés de Estadía Judicial, Carnés de Regularización Migratoria y Estadías en calidad de Turista), que hayan vencido a partir del 13 de marzo de 2020, sin incurrir en multas ni recargos.
- Una extensión hasta el 30 de junio de 2021, al periodo en que los residentes permanentes que se encuentran fuera del territorio nacional, puedan permanecer fuera, sin que esta situación conlleve a la cancelación de residencia permanente establecida en el Decreto Ley de Migración.
- Una extensión hasta el 30 de junio de 2021 a los certificados de nacimiento y certificados de matrimonio previamente expedidos y que hayan expirado durante el periodo del 30 de marzo del 2020 al 31 de enero de 2021.
Comentarios:
- La extensión en la vigencia de documentos emitidos por el SNM permitirá una vigencia adicional antes establecida hasta el 31 de enero de 2021 y ahora extendida hasta el 30 de junio de 2021.
- La Resolución incluye la extensión en el periodo en que los residentes permanentes puedan estar fuera sin incurrir en penalidad. En este sentido, el artículo 31 del Decreto Ley 8 de 2008, establece como causal de cancelación de la residencia permanente, que el extranjero permanezca por más de dos (2) años fuera del país.
- Los certificados de matrimonio y nacimiento ahora tendrán una vigencia hasta el 30 de junio de 2021.