Albalira Montúfar, socia, Derecho Migratorio
Panamá se ha convertido en un destino popular para emigrar en la región, debido a su crecimiento económico y estabilidad sociopolítica, que contrasta con las intrincadas condiciones de otros países vecinos. En la última década, los múltiples proyectos de infraestructura, así como los incentivos favorables para establecer y operar empresas multinacionales, han dado como resultado un aumento de ciudadanos extranjeros dentro del país, creando una sociedad multiétnica y multicultural.
Sin embargo, la ley de migración de Panamá promulgada en 2008 y el artículo 17 del Código de Trabajo panameño de 1972, ambos modificados a lo largo de los años, constituyen un escenario complejo para inmigrantes y empleadores dispuestos a cumplir con las leyes y políticas cambiantes. Procesos separados para obtener (i) residencia ante el Servicio Nacional de Migración y; (ii) un permiso de trabajo ante el Ministerio de Trabajo, son unos de los principales aspectos a tener en cuenta al inmigrar y contratar empleados extranjeros.
¿Cómo obtener la residencia legal en Panamá?
En Panamá, el Decreto Ley No. 3 de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración, y el Decreto Ejecutivo No. 320, que establece los requisitos y procedimientos aplicables para obtener la residencia temporal y permanente, son las disposiciones básicas con respecto a la inmigración.
Como regla general, los extranjeros ingresan como turistas por un período de 3 a 6 meses, lo que les permite realizar actividades turísticas, comerciales o de inversión dentro del país. Sin embargo, los ciudadanos de ciertos países, como China, India y muchos otros países asiáticos y africanos, deben solicitar una visa de entrada que, cuando se concede, se sella en un consulado panameño antes de viajar, y es válida por 1 mes como regla general. Esta visa de entrada se aplica a menos que la persona tenga una visa de entrada múltiple válida de los EE. UU., Canadá, el Reino Unido o Australia y la haya utilizado al menos una vez para ingresar al territorio que emitió dicha visa, en cuyo caso la persona puede ingresar a Panamá sin previa autorización.
Durante los períodos anteriores, el extranjero que desea solicitar un permiso de residencia debe elegir entre un amplio espectro de opciones que se crearon para promover la inversión y establecer las reglas para satisfacer la necesidad de personal calificado y no calificado. Para los fines de este artículo, nos referiremos a las principales modalidades disponibles.
Opciones relacionadas con la nacionalidad del solicitante.
- Permiso de residencia para ciudadanos de países con vínculos profesionales y económicos con la República de Panamá
Los extranjeros de una lista de aproximadamente 50 países, incluidos los Estados Unidos de América, Francia, Canadá y España, pueden solicitar un permiso de residencia permanente en Panamá si demuestran tener una relación profesional, económica o de inversión en el país. Este permiso de residencia, también conocido como permiso de las Naciones Amigas, puede obtenerse mediante la creación de una sociedad panameña o al ser contratado para trabajar como empleado de una compañía debidamente establecida en Panamá. El solicitante debe demostrar la existencia de una actividad económica o profesional, así como la solvencia económica (esta última mediante la presentación de un certificado bancario de un banco local que muestre un saldo de al menos 4 cifras promedio).
Una vez que se concede la residencia permanente, es posible solicitar un permiso de trabajo por tiempo indefinido que le permita a la persona trabajar legalmente en Panamá. El desafío con esta opción es que si el extranjero solicita esta categoría por motivos de trabajo, primero debe obtener la residencia permanente y luego presentar la solicitud de permiso de trabajo. Por lo tanto, hay un período de inactividad en el que el extranjero no puede trabajar. Se requiere una coordinación anticipada de esta categoría para minimizar los riesgos.
- Permiso de residencia para ciudadanos de Italia
El Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República Italiana establece que los ciudadanos de cada una de las partes contratantes gocen de trato nacional en el territorio de la otra parte, para llevar a cabo actividades económicas o profesionales. El requisito principal es demostrar la nacionalidad italiana, así como la solvencia económica (como se describe anteriormente).
Una vez que se concede la residencia permanente, si el extranjero tiene la intención de trabajar, es posible solicitar un permiso de trabajo por tiempo indefinido que le permita a la persona trabajar legalmente en Panamá. Se debe tener en cuenta que los ciudadanos italianos estarán expuestos al mismo período de exclusión mencionado anteriormente con respecto a la opción de las Naciones Amigas.
Opciones basadas en las Cuotas de la Compañía
- Cuota de diez o quince por ciento
El Código de Trabajo panameño establece las reglas generales aplicables a la contratación de personal extranjero. El código establece que el 90% de los empleados deben ser ciudadanos panameños, o extranjeros casados con un panameño, o ciudadanos extranjeros que hayan residido en Panamá por 10 o más años. La cuota del 10% es el resultado de esta regla y se aplica tanto a la planilla como a los salarios de la fuerza de trabajo. Además, el Código Laboral establece que las empresas pueden contratar personal capacitado, puestos gerenciales o técnicos que no excedan un límite del 15% del total de salarios y planilla.
En consecuencia, los extranjeros contratados para trabajar en una empresa registrada en Panamá pueden obtener permisos de residencia dentro de un límite del 10% para puestos que no son calificados, gerenciales o técnicos, y un 15% limitado para puestos calificados, gerenciales o técnicos. Estas opciones otorgan la residencia provisional durante dos años y permite posteriormente solicitar la residencia permanente en el país, siempre que el extranjero reciba un salario mínimo de al menos $850.00 mensuales.
En este caso, una vez que la residencia provisional es presentada ante el Servicio Nacional de Migración, es posible solicitar un permiso de trabajo temporal válido por 1 año, renovable por términos iguales el cual, una vez aprobado, le permite a la persona trabajar legalmente en Panamá.
El desafío con esta opción es que el alto número de extranjeros en las nóminas panameñas dificulta el cumplimiento de las cuotas. Además, las políticas laborales que determinan cómo otras categorías de inmigración y permisos de trabajo cuentan en la nómina han tenido cambios constantes que afectan la tramitación y aprobación de estos permisos de trabajo.
- Sedes de Empresas Multinacionales
El régimen especial de sedes de empresas multinacionales establecido mediante la Ley 41 de 2007, se aplica a las oficinas regionales o sedes de las empresas que realizan operaciones o servicios desde Panamá a sus oficinas principales o subsidiarias en otros países. A estas empresas se les debe otorgar una Licencia de Sede Empresa Multinacional o Licencia “SEM” (por sus siglas en español). La principal ventaja de esta opción, en lo que respecta a la contratación de personal directivo extranjero, es que estas empresas no están sujetas a las cuotas establecidas en el Código del Trabajo, por lo que es posible contratar un número ilimitado de trabajadores extranjeros.
Los empleados extranjeros que trabajan para una empresa SEM pueden solicitar un permiso de residencia para Personal Permanente válido por 5 años, renovable por igualdad de condiciones. Con este permiso de residencia, no hay necesidad de solicitar un permiso de trabajo ante el Ministerio de Trabajo, ya que la Ley 41 establece que los titulares de este permiso de residencia no requieren una autorización adicional para trabajar legalmente en Panamá. Esta categoría también tiene la ventaja de que no hay impuesto sobre la renta sobre el salario del empleado extranjero en Panamá cuando se recibe el salario de una fuente extranjera.
Opciones basadas en la inversión de los solicitantes
La ley de inmigración de Panamá ofrece la opción de obtener la residencia permanente al invertir en el país un mínimo de US$300,000.00. Hay 3 opciones para cumplir con este requisito: (i) un depósito en una cuenta bancaria mantenida al menos 3 años en un banco panameño, a nombre del solicitante; (ii) invertir en una propiedad inmobiliaria de US$300,000.00 (o más) ubicada en Panamá, libre de gravámenes. La propiedad inmobiliaria puede ser a nombre del solicitante, a nombre de una Fundación Panameña de Interés Privado o una sociedad (siempre que el solicitante principal sea el Fundador y el Beneficiario Principal en el caso de la fundación y que las acciones sean a nombre del solicitante en el caso de la sociedad); y (iii) una combinación de bienes inmuebles y depósitos en una cuenta bancaria de depósito, por un total de US$300,000.00 o más.
En este caso, la residencia provisional se otorga por dos años, y permite solicitar más adelante la residencia permanente en el país.
Modificaciones Recientes
El Servicio Nacional de Migración y el Ministerio de Trabajo han ido endureciendo sus políticas debido a la considerable afluencia de extranjeros, con el fin de verificar y controlar que los extranjeros permanezcan legalmente en el país y que las empresas cumplan con las regulaciones aplicables.
El gobierno de Panamá anunció recientemente ciertas medidas para reducir la estadía en calidad de turistas a ciudadanos de ciertos países latinoamericanos, con el fin de forzar una pronta legalización de aquellos que deciden tener una residencia en el país. En este sentido, el gobierno estableció que a los ciudadanos de Venezuela, Colombia y Nicaragua, que anteriormente tenían un período de permanencia de 6 meses como turistas, ahora se les permite un período de 3 meses solamente.
Asimismo, la Ley 59 del 12 de septiembre de 2017 incrementa las multas y sanciones a las empresas que contraten empleados extranjeros sin una autorización de trabajo válida emitida por dicho Ministerio. Las multas, que se establecieron en US$50.00 a US$500.00, han aumentado significativamente debido a esta ley, que incluye (i) una sanción de US$500.00 por empleado extranjero sin un permiso de trabajo válido, la primera vez que es inspeccionada por las autoridades; (ii) una multa de US$1,000.00 por cada empleado extranjero sin permiso de trabajo, la segunda vez que es inspeccionada; (iii) una multa de US$10,000.00 sin considerar el número de empleados extranjeros más la suspensión de la licencia comercial de la compañía; la tercera vez que es inspeccionada; y (iv) la cancelación de la licencia comercial por la cuarta vez.
Además, dicha ley establece que se duplicarán las multas a las empresas que tengan 10 o más empleados extranjeros sin un permiso de trabajo válido. Los nombres de las empresas sancionadas se enumerarán en el sitio web del Ministerio de Trabajo.
Conclusiones
Las leyes y políticas de inmigración y de permisos de trabajo de Panamá brindan una amplia gama de opciones para inmigrar y trabajar en el país. La gran cantidad de extranjeros que han llegado en los últimos años ha dado como resultado políticas y regulaciones más estrictas. Sin embargo, ciertas opciones aún se mantienen flexibles. Al comprender y mantenerse al día con las modificaciones en las regulaciones y políticas, los extranjeros y las empresas pueden coordinar debidamente y anticipar las opciones y requisitos aplicables, reduciendo así los riesgos laborales y de inmigración.