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De conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 76 de 26 de diciembre de 2017 y la Resolución No. DM-064-2018 de 8 de febrero de 2018, publicada el 20 de febrero en Gaceta Oficial, el Ministerio de Trabajo requerirá la afiliación de extranjeros en el Departamento de Migración Laboral.
- Esta afiliación consistirá en (i) la lectura de huellas digitales mediante un Sistema de Biometría; (ii) el registro de pasaporte; y, (iii) la toma de fotografía.
- Se requerirán los siguientes documentos:
- Pasaporte original.
- Copia del estatus migratorio.
- Carné original de migración.
- Poder y memorial de solicitud de permiso de trabajo.
- Según Comunicado del Ministerio de Trabajo, esta afiliación empezará a aplicarse a partir del 6 de marzo.
¿A quiénes aplica?
- A los solicitantes de un permiso de trabajo por primera vez, o de una prórroga del mismo. Estos deberán asistir personalmente al Departamento de Migración Laboral del Ministerio de Trabajo a realizar la afiliación, previo a la presentación de la solicitud.
- A los solicitantes de un permiso de trabajo que esté en trámite. Estos deberán afiliarse al momento de tomarse la fotografía del carné de trabajo, para lo cual tendrán que llevar consigo su pasaporte original vigente.