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abril 11, 2021

Category: Carlos Ernesto Gonzalez

Socios de Morgan & Morgan recomendados por la Asociación Latinoamericana de Abogados Corporativos (LACCA)

jueves, 21 enero 2021 por webmaster

Panamá, 21 de enero de 2021.  Los socios Carlos Ernesto González Ramírez (Defensa a la Competencia) e Inocencio Galindo (Banca y Financiamientos) fueron incluidos en la publicación LACCA Approved 2020, una selección de abogados latinoamericanos referentes en distintas ramas del derecho.

Los abogados seleccionados han sido recomendados personalmente por miembros de LACCA, conformada por los asesores legales de las principales multinacionales y compañías privadas de la región.

Más información en http://laccanet.com/approved/.

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  • Publicado en 2020, Carlos Ernesto Gonzalez, Inocencio Galindo, news
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IFLR1000 2021 reconoce la práctica de Derecho Corporativo de Morgan & Morgan

martes, 05 enero 2021 por webmaster

Panamá, 4 de enero de 2021.  Morgan & Morgan se ubicó entre las mejores firmas de abogados de Panamá en la edición 2021 del directorio internacional International Financial Law Review (IFLR) 1000, guía de referencia de los principales bufetes y abogados financieros y corporativos del mundo.

El equipo de Derecho Corporativo de Morgan & Morgan se colocó en las primeras posiciones en las áreas de Banca y Financiamiento, Mercado de Capitales, Fusiones y Adquisiciones, y Desarrollo de Proyectos.

 

Por otro lado, los siguientes abogados fueron clasificados en la trigésima edición de la guía:

Highly Regarded

Francisco Arias G.

Inocencio Galindo

Ramón Varela

Kharla Aizpurúa Olmos

Expert Consultant

Carlos Ernesto González Ramírez

Rising Star

Aristides Anguizola

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  • Publicado en 2020, Aristides Anguizola, Carlos Ernesto Gonzalez, Francisco Arias, Kharla Aizpurua, news, Ramon Varela
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Morgan & Morgan contribuyó en la guía Índice de Estado de Derecho

viernes, 19 junio 2020 por webmaster

Panamá, 19 de junio de 2020.  María Eugenia Brenes, Mayte Sánchez González, Milagros Caballero y Carlos Ernesto González Ramírez, abogados de Morgan & Morgan, contribuyeron con el capítulo de Panamá de la publicación Índice de Estado de Derecho, un proyecto de The World Justice Project (WJP).

La publicación, que contó con el apoyo de expertos de diferentes países, ofrece un estudio del estado de derecho en 126 países proporcionando puntajes y clasificaciones basadas en ocho factores: Límites al Poder Gubernamental, Ausencia de Corrupción, Gobierno Abierto, Derechos Fundamentales, Orden y Seguridad, Cumplimiento Regulatorio, Justicia Civil y Justicia Penal.

La versión electrónica del libro está disponible en línea aquí. (En inglés).

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  • Publicado en Carlos Ernesto Gonzalez, Maria Brenes, Mayte Sanchez, Milagros Caballero, news, Publicaciones
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Socios de Morgan & Morgan recomendados por la Asociación Latinoamericana de Abogados Corporativos (LACCA)

lunes, 25 noviembre 2019 por webmaster

Panamá, 25 de noviembre de 2019.  Los socios Carlos Ernesto González Ramírez (Defensa a la Competencia), Inocencio Galindo (Banca y Financiamientos), y Francisco Arias (Derecho Corporativo/Fusiones y Adquisiciones) fueron incluidos en la publicación reconocidos en LACCA Approved 2020, una selección de abogados latinoamericanos líderes en áreas específicas del derecho.

Los abogados seleccionados han sido recomendados personalmente por miembros de LACCA, conformada por los asesores legales de las principales multinacionales y compañías privadas de la región.

Más información en http://laccanet.com/approved/.

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  • Publicado en Carlos Ernesto Gonzalez, Francisco Arias, Inocencio Galindo, news
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Morgan & Morgan califica en la guía Financiera y Corporativa IFLR1000 2020

viernes, 22 noviembre 2019 por webmaster

Morgan & Morgan se ubicó entre las mejores firmas de abogados en el directorio internacional IFLR1000, guía que analiza el trabajo de los abogados en el área transaccional financiero y corporativo.

Adicionalmente, cinco abogados de la firma calificaron como profesionales destacados:

  • Aristides Anguizola – Rising Star
  • Francisco Arias – Highly Regarded
  • Carlos Ernesto González Ramírez – Highly Regarded
  • Inocencio Galindo – Highly Regarded

Conócelos en Ver.

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  • Publicado en 2019, Aristides Anguizola, Banking Law_publi_es, Carlos Ernesto Gonzalez, Energia_publi_es, Francisco Arias, Inocencio Galindo, news, Projects, Securities and Capital Markets, Securities and Capital Markets_publi, Securities and Capital Markets-es, Securities and Capital Markets-es_publi
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Socios de Morgan & Morgan recomendados por la Asociación Latinoamericana de Abogados Corporativos (LACCA)

viernes, 11 enero 2019 por webmaster

Panamá, 2 de enero de 2019.  Los socios Inocencio Galindo (Banca y Financiamientos), Francisco Arias (Corporativo / Fusiones y Adquisiciones), Carlos Ernesto Gonzalez Ramirez (Defensa a la Competencia) y Mercedes Arauz de Grimaldo (Derecho Laboral) fueron reconocidos en LACCA Approved 2019, una selección de abogados latinoamericanos líderes en áreas específicas del derecho.

Los abogados seleccionados han sido recomendados personalmente por miembros de la Asociación Latinoamericana de Abogados Corporativos, que son todos los principales asesores legales de las principales multinacionales y compañías privadas de la región.

Más información en http://laccanet.com/approved/.

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  • Publicado en 2019, Carlos Ernesto Gonzalez, Inocencio Galindo, Mercedes Grimaldo, news, Press Room
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Morgan & Morgan y cinco abogados de la firma reconocidos por la guía Financiera y Corporativa IFLR1000 2019

viernes, 11 enero 2019 por webmaster

Panamá, 4 de enero de 2018.  Morgan & Morgan se ubicó entre las mejores firmas de abogados de la guía Financiera y Corporativa IFLR1000 2019 en las categorías de Derecho Financiero y Corporativo y Desarrollo de Proyectos.

Adicionalmente, cinco (5) abogados de la firma fueron listados como profesionales destacados en sus áreas de práctica:

  • Francisco Arias
  • Carlos Ernesto González Ramírez
  • Inocencio Galindo
  • Ramón Varela
  • Aristides Anguizola

Las clasificaciones en la IFLR1000 son el resultado de una investigación exhaustiva de 6 meses que realiza el equipo editorial independiente de la IFLR1000 tomando en consideración tres puntos: evidencia transaccional, retroalimentación de colegas y de clientes.

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  • Publicado en 2019, Aristides Anguizola, Carlos Ernesto Gonzalez, Francisco Arias, Inocencio Galindo, news, Press Room, Ramon Varela
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Panamá: Hub para Sedes de Empresas Multinacionales

viernes, 08 junio 2018 por webmaster

Alvaro E. Tomas y Carlos Ernesto González Ramírez, Socios, Morgan & Morgan.

¿Qué ha causado que colosos corporativos tales como Maersk (transporte marítimo), Procter & Gamble (bienes de consumo), LG (electrónica), Caterpillar (equipo de construcción), CEMEX (materiales de construcción), Nike (equipos y ropa deportiva) y Heineken (cervecería) por nombrar solo unos cuantos, elijan establecer sus sedes en este pequeño país con una población de 4 millones de habitantes? La respuesta descansa en gran parte en la visión de un conocido abogado que, adicional a los beneficios que Panamá ya ofrecía a compañías extranjeras, decidió llevarlo todo a un nuevo nivel.

Todos sabemos que Panamá cuenta con una posición geográfica privilegiada, entre las dos Américas y a un paso del Caribe. Casi el 6% del comercio mundial viaja a través del Canal de Panamá. Sabemos que utiliza el dólar de los EUA como moneda, tiene un centro financiero sólido y competitivo, un sistema de puertos y logística envidiable, la segunda zona libre más grande del mundo, una economía de servicios y el mejor aeropuerto y facilidades para carga de la región. Más aún, goza de buen clima todo el año, su industria turística crece a pasos agigantados, está libre de desastres naturales, su capital – Ciudad de Panamá – está llena de hoteles y restaurantes de clase mundial y la estabilidad política y social de un país democrático.

El abogado que prohijó esta ley, el Dr. Eduardo Morgan González, declara: “el único propósito de esta ley era introducir una legislación especial para atraer y promover la inversión, crear trabajos y transferir conocimientos y tecnología, haciendo en el proceso, que la República de Panamá fuera más competitiva en la economía mundial mediante el uso óptimo de su posición geográfica, infraestructura física y servicios internacionales.”

Para un mejor entendimiento de los beneficios que la Ley no. 41 del 24 de agosto de 2007 ofrece a clientes corporativos en busca de un lugar donde establecer su base de operaciones para América Latina, resumimos los aspectos más importantes de la ley:

Definición de Sede de Empresa Multinacional (SEM)

Una sede internacional o regional se define como una entidad legal que suministra servicios de la naturaleza a continuación o alguna combinación de ellos:

La dirección y-o administración de compañías que pertenecen a un grupo económico o empresarial en un área geográfica específica o global, inclusive planificación estratégica, desarrollo de negocios, administración y-o entrenamiento de personal, operación, control y-o logística.

Logística y-o almacenamiento de partes o componentes necesarios para la fabricación o ensamblaje de productos fabricados por la compañía.

Asistencia técnica a compañías de un grupo económico o empresarial o a clientes que hayan adquirido productos o servicios de tales compañías y en razón de los cual está obligada a suministrar servicios de asistencia.

Administración financiera, inclusive servicios de tesorería de un grupo económico o empresarial.

Contabilidad para un grupo económico o empresarial.

La elaboración de planos que forman parte de diseños y-o construcciones en el curso normal de los negocios de la casa matriz o alguna subsidiaria de la misma.

El procesamiento electrónico de cualquier actividad inclusive la consolidación de operaciones de un grupo económico o empresarial. Este servicio incluye las operaciones de redes.

La consultoría, coordinación y seguimiento de las estrategias de mercado y publicidad para bienes o servicios producidos por un grupo económico o empresarial.

Soporte de operaciones e investigación y desarrollo de productos y servicios de un grupo económico o empresarial.

Cualquier otro servicio análogo aprobado previamente por el Gabinete.

Requisitos de Capital

El capital del grupo dueño de la SEM debe ser igual o mayor a US$200 millones.

Incentivos Fiscales

La Ley 41 dispone varios beneficios fiscales tanto para sociedades como individuos (administración).

A nivel corporativo, los incentivos fiscales son:

Exención total del Impuesto sobre la Renta. Dado que Panamá posee un sistema fiscal territorial, y la SEM operará fuera del territorio (ofreciendo servicios a sus operaciones fuera de Panamá) no existe impuesto gravable. En caso de que la SEM diera servicios a una operación local, tal servicio deberá suministrarse a través de una entidad legal separada (otra compañía) y el traspaso de fondos de tal entidad a la SEM deberá retener el 12.5% como impuesto sobre la renta.

Posibilidad de negociar un esquema fiscal. La SEM no pagará impuestos en Panamá pero si por razones de planificación fiscal global así lo deseara, podrá hacerlo a través de un acuerdo con las autoridades fiscales locales. Este acuerdo puede incluir la tasa impositiva y cualquier otra disposición que la SEM estime necesaria siempre y cuando tal disposición no sea contradictoria a la política y moral panameña.

Exención del impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios. La facturación a operaciones offshore de la SEM no está sujeta al impuesto de venta o 7%.

Es importante señalar que las exenciones a estos impuestos no exime de la presentación de información fiscal ante las autoridades fiscales.

El personal extranjero de una compañía con Licencia de Sede de Empresa Multinacional con ‘Visa de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional’ no causará impuesto sobre la renta si el pago se recibe del exterior. Están exentos igualmente de las contribuciones a la Caja de Seguro Social. Sin embargo, para ellos y sus dependientes, la compañía deberá proporcionar seguro médico privado el cual debe emitir una compañía de seguros con licencia en la República de Panamá.

Adicionalmente, las personas con Visa de Empleado Permanente de una SEM podrán importar sus artículos domésticos libre de impuestos y un vehículo para uso familiar cada 2 años. Sin embargo, deberán pagar el impuesto de venta.

Estas exoneraciones no aplican a empleados panameños u otros empleados extranjeros que posean una visa distinta a la Visa de Empleado Permanente de una SEM, quienes estarán sujetos a las normas y disposiciones fiscales vigentes en la República de Panamá.

Visas

Debemos resaltar que la Ley no. 41 crea tres (3) visas específicamente para empleados extranjeros de una SEM. Estas visas se procesan ante el Ministerio de Comercio e Industrias y son:

Visas Especiales para Personal Permanente de la SEM. Estas visas se otorgan a personal extranjero a nivel administrativo o ejecutivo y sus dependientes. Las visas se emitirán por un periodo de cinco años.

Visas Especiales para Personal Temporal de la SEM. Estas visas se otorgan a cualquier personal de una SEM que venga a Panamá para actividades relacionadas a la SEM. Tienen una duración máxima de 3 meses. Este tipo de visa elimina también el requisito de obtener un permiso de trabajo o algún otro permiso de alguna autoridad gubernamental.

Visas especiales (permisos) para eventos especiales. Estas visas se otorgan a personal de la SEM que venga a Panamá para asistir a un evento específico. Estas visas son solo para personal de la SEM con una nacionalidad que requiera visa para entrar al país. El resto del personal no necesita solicitar esta visa si visita solamente para un evento especifico o visitas cortas, tales como reuniones, planificación, entrenamiento técnico, etc.

Es importante notar que la Visa de Empleado Permanente de una SEM se otorgará por un periodo no será mayor al que se establece en el contrato de trabajo el cual, en cualquier caso, no deberá ser mayor a cinco (5) años. Los tenedores de este tipo de visa no tendrán que solicitar un permiso de trabajo (normalmente requerido para los otros tipos de visa).

Incentivos Laborales

La Ley No. 41 exime a las SEM de completar cuotas laborales en el caso de tenedores de Permisos de Permanencia Especial o Temporal para personal permanente o temporal de la SEM. Esto significa que la proporción 10% extranjeros a 90% nacionales que exige el Código de Trabajo no aplica cuando los extranjeros que trabajan para la SEM poseen estos Permisos Especiales de Residencia.

Requisitos de Licencia

Con el fin de beneficiarse de todos estos incentivos, la SEM necesita solicitar una licencia ante la Comisión de Licencias para Sedes de Empresas Multinacionales.

Áreas Especiales

Como nota final, dentro y en los alrededores de la ciudad de Panamá se desarrollan áreas especiales con modernas infraestructuras, sistemas de logística, comunicaciones, escuelas y viviendas para los ejecutivos y personal de las SEM que vienen a vivir al país.

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Entrevista a Carlos Ernesto González Ramírez por la agencia de noticias china CGTN

lunes, 20 noviembre 2017 por webmaster

Carlos Ernesto González Ramírez, socio de Morgan & Morgan y experto en Derecho Comercial e Internacional, fue entrevistado por China Global Television Network (CGTN) como parte del reportaje realizado por esta agencia de noticias en el marco de la visita de funcionarios públicos y empresarios panameños a la República Popular China.

“Como abogados prevemos un aumento en la inversión en Panamá de empresas chinas, así como un incremento en los buques que se registrarán en la Marina Mercante Panameña”, mencionó el Lic. González Ramírez.

El reportaje completo está disponible aquí.

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Morgan & Morgan asesoró al estado Panameño en arbitraje internacional

miércoles, 13 septiembre 2017 por webmaster

Morgan & Morgan actuó como asesor legal del estado Panameño en una demanda arbitral interpuesta por Guatemala en contra de la República de Panamá. La controversia tuvo que ver con la des habilitación por parte de Panamá, a través de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA), de los registros de importación de néctares de fruta requeridos por Guatemala para ingresar al territorio panameño.

Este fue un proceso de arbitraje internacional llevado mediante el Mecanismo de Solución de Controversias Comerciales entre Centroamérica, en el cual Panamá resultó victorioso. Información completa en el Laudo Arbitral de Gaceta Oficial: https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/28296_B/61421.pdf

Carlos Ernesto González Ramírez, socio, y la asociada Mayte Sánchez, participaron en este proceso.

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  • Publicado en Carlos Ernesto Gonzalez, expertise-es, Litigios y Resolución de Conflictos, Mayte Sanchez
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