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enero 16, 2021

Category: Barraza Amanda

Panamá establece amnistía tributaria y regla de pronto pago para el pago de impuestos

lunes, 21 septiembre 2020 por webmaster

15 de septiembre de 2020

Dos iniciativas legislativas debidamente aprobadas y promulgadas nos brindan la oportunidad de poner al día nuestros tributos y obligaciones frente al Fisco Panameño. Hablamos de la extensión de la Amnistía Tributaria y la Ley de Pronto Pago que resumimos a continuación.

Amnistía Tributaria

Desde el ejercicio fiscal 2019, se inició un proceso de regularización tributaria que brinda a los contribuyentes la oportunidad de poner al día sus obligaciones tributarias ante la Dirección General de ingresos (DGI), con la entrada en vigor de la Ley 99 de 2019, de amnistía tributaria, modificada y extendida mediante la Ley 134 de 2020.

A la fecha, mediante la Ley 160 de 2020, los principios introducidos originalmente por la Ley de Amnistía se mantienen muy similares, ahora con las siguientes características y vigencia:

Tributos incluidos

Impuestos, tasas y contribuciones especiales causados y morosos al 29 de febrero de 2020.

¿Quiénes pueden acogerse a la amnistía?

  • Personas naturales y jurídicas e inmuebles morosos.
  • Se incluyen los contribuyentes que tengan arreglo de pago en curso, así como aquellos que tengan cobranza administrativa como en el cobro coactivo.
  • Contribuyentes y agentes retenedores.
  • Contribuyentes con liquidaciones adicionales o cualquier requerimiento de pago frente al Fisco que se encuentren pendientes de decisión, siempre que se desista previamente de la acción o los recursos presentados.

Fecha de vencimiento para la presentación de formularios y declaraciones

A partir de la entrada en vigor de la Ley 134 hasta el 31 de diciembre de 2020, se establece como plazo para presentar ante la DGI los formularios que debieron presentarse hasta el 29 de febrero exentos de multas si corresponden a:

  • Informe de donaciones.
  • Informe de contribuyentes no declarantes.
  • Planilla 03.
  • Informe de Fondo de Jubilaciones, pensiones y otros beneficios.
  • Informe de Aseguradoras.
  • Certificación de intereses sobre préstamos hipotecarios residenciales sin interés preferencial.
  • Informe 43.
  • Informe de ventas con tarjeta de crédito.
  • Informe 930.
  • Declaración jurada de rentas de personas naturales, personas jurídicas y de zona libre.

Plazo de condonación de intereses y recargos morosos por impuestos causados y vencidos.

El período de amnistía tributaria se concede hasta el 31 de diciembre de 2020. Si el pago de los tributos causados y morosos se realiza posterior al 29 de febrero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, se condonará hasta el 85% de la totalidad de intereses, recargos y multas.

Plazo de duración de los arreglos de pago.

Si el convenio de pago se realiza en el mes de febrero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, se condonará el 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas, siempre que hayan abonado el 25% del impuesto nominal adeudado. Se extiende el plazo para el cumplimiento del arreglo de pago realizado hasta el 29 de febrero de 2020, hasta el 31 de diciembre de 2021. Los arreglos de pago realizados con posterioridad al 29 de febrero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, deberán ser cancelados en su totalidad hasta el 30 de abril de 2021.

Regla de Pronto Pago

Mediante la Ley 161 de 2020 se concede un beneficio de descuento del 10% del monto total a pagar para aquellos contribuyentes con renta bruta inferior a B/2,500,000.00 que paguen, dentro de los tres meses siguientes a la promulgación de la Ley o sea hasta el 2 de diciembre de 2020, los tributos que se causen o que debieron pagarse entre el 20 de marzo de 2020 y el 31 de julio de 2020.

Impuestos incluidos

  • Impuesto sobre la renta con excepción del impuesto sobre la renta retenido a los trabajadores y a los no residentes.
  • Impuesto de Aviso de Operación.
  • Impuesto Complementario.
  • Impuesto de Inmuebles.

Retroactividad

De los contribuyentes que paguen dentro del plazo del beneficio del crédito del 10% serán condonados.

Intereses, recargos y multas

De los contribuyentes que paguen dentro del plazo del beneficio del crédito del 10% serán condonados.

Tasa Única

Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020 el plazo para el pago de la Tasa Única, sin la generación de la multa, para las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y cualesquiera otras personas jurídicas, así como las fundaciones de interés privado que debiera ser cancelada al 15 de julio de 2020.

Arreglos de Pago

La Ley de Pronto Pago incluye otra regla de Convenios de Pago con la DGI. Si se trata de tributos que se causan o deben pagarse entre el 20 de marzo de 2020 y el 31 de julio de 2020, se permite celebrar arreglos de pago cuyo plazo para el cumplimiento total no exceda del 30 de abril de 2021. La condonación de los recargos e intereses correspondiente a los tributos adeudados en el plazo indicado será progresiva y dependiendo del mes en que se celebre el respectivo arreglo de pago. Se establece igualmente, que los recargos y multas (excluyendo los intereses), se eliminarán en su totalidad si se cancela el monto adeudado antes del 30 de abril de 2021.

Nos mantenemos a su disposición para aclarar lo que estimen prudente. Favor contactarnos en [email protected] o directamente a:

Inocencio Galindo

Socio, Morgan & Morgan

[email protected]

Amanda Barraza de Wong

Asociada Senior, Morgan & Morgan

[email protected]

Angélica Ortiz

Asociada, Morgan & Morgan

[email protected]

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Utilización de créditos ITBMS en Panamá

jueves, 27 agosto 2020 por webmaster

27 de agosto de 2020

Desde el año pasado, la Dirección General de Ingresos, mediante decretos ejecutivos y resoluciones reglamentarias dispuso los lineamientos para la utilización y aplicación de los créditos del Impuesto de Traslado de Bienes Materiales y Servicios (ITBMS) generados producto de las retenciones practicadas por los agentes de retención de este impuesto, en el caso de los consorcios o sociedades accidentales. Hasta mayo de este año, se permitía la cesión a otros dos contribuyentes de dichos créditos, los cuales podían ser aplicados solamente en dos períodos fiscales.

Recientemente, mediante la Resolución No. 201-5006 de 17 de agosto de 2020, se amplía el marco de aplicación de los créditos y además de los consorcios o sociedades accidentales, se reconocerá también a las sociedades regulares en los siguientes términos:

“Este crédito sólo será reconocido a las personas jurídicas regulares y sociedades sin personería jurídica, que por sus características actúen como agente de retención o como retenido y presenten una solicitud donde comprueben fehacientemente que se mantienen operativamente inactivos o que haya culminado la obra o proyecto para el cual fueron creados por lo que se les hace difícil poder recuperar y aplicar este crédito.”

Como mencionamos anteriormente, la utilización de los créditos fiscales de ITBMS sólo se permitía durante dos períodos fiscales; sin embargo, la Resolución No. 201-5006 que comentamos permite que sea aplicado por períodos subsiguientes en los siguientes términos:

“Informar a los contribuyentes que el crédito fiscal del ITBMS que se generó como consecuencia de la retención de los agentes de retención de este impuesto, podrá ser aplicado en el período fiscal en que se reconoce y períodos subsiguientes.”

El resto del procedimiento de reconocimiento y aplicación de dichos créditos se mantiene de la siguiente manera:

  • El contribuyente deberá estar al día con el pago de todas sus obligaciones tributarias para solicitar este reconocimiento del crédito.
  • El crédito reconocido podrá ser aplicado a dos contribuyentes obligados del ITBMS, para el pago de una deuda por este impuesto, por cada periodo fiscal, previo acuerdo entre las partes. Para esto deberá presentar formal solicitud ante la Dirección General de Ingresos, señalando las generales de los contribuyentes a quienes desea ser aplicado dicho crédito, el porcentaje que le será cedido, el porcentaje que se aplicará y el período a aplicar.
  • El crédito reconocido no podrá sr utilizado en un porcentaje mayor al cincuenta por ciento (50%) por período fiscal. 

Nos mantenemos a su disposición para aclarar lo que estimen prudente. Favor contactarnos en [email protected] o directamente a:

Amanda Barraza de Wong
Asociada Senior, Morgan & Morgan
[email protected] 

Angélica Ortiz
Asociada, Morgan & Morgan
[email protected]

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Guía de Impuestos de Chambers & Partners 2020

martes, 19 mayo 2020 por webmaster

Panamá, 19 de mayo de 2020.  Inocencio Galindo, socio; Amanda Barraza, asociada senior; y Angélica Ortíz, asociada; contribuyeron con la Guía de Impuestos 2020 de Chambers & Partners.  Esta edición destaca las principales características de los regímenes fiscales, el pago de impuestos derivados de la inversión extranjera, la tributación de las corporaciones no locales, y los BEPS (Base Erosion and Profit Shifting, por sus siglas en inglés).

La versión en línea del capítulo de Panamá está disponible aquí.

O puede descargar la opción PDF aquí. (Disponible en inglés).

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Morgan & Morgan presentó charla de Actualización en Materia de Precios de Transferencia

jueves, 14 febrero 2019 por webmaster

Morgan & Morgan, en alianza con Grupo Camacho Internacional (Costa Rica), presentó la charla de Actualización en Materia de Precios de Transferencia; actividad que estuvo dirigida a un distinguido grupo de clientes de la firma con el objetivo actualizarlos de cambios importantes sobre este complejo tema, que afecta tanto a empresas locales como a multinacionales con operaciones en Panamá.

Las presentaciones estuvieron a cargo de Vladimir Blanco Solano, socio y José Guerra Tovar, gerente, ambos de Grupo Camacho Internacional; así como del equipo de Derecho Tributario de Morgan & Morgan compuesto por el socio Enrique Jiménez; los abogados Adolfo Campos, Amanda Barraza y Angélica Ortiz; y Carlos Sinisterra.

De esta manera, Morgan & Morgan se reafirma como una firma líder en materia fiscal y tributaria, siempre a la vanguardia en beneficio de sus clientes.

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Morgan & Morgan presentó actualizaciones tributarias

martes, 07 agosto 2018 por webmaster

En días pasados, el equipo de Derecho Fiscal de Morgan & Morgan, desarrolló un desayuno-conversatorio en el que se presentaron las últimas actualizaciones y novedades respecto a diversos temas tributarios. Con un lleno total, el socio Enrique Jiménez; los abogados Adolfo Campos, Amanda Barraza y Angélica Ortiz; y Carlos Sinisterra (CPA), conversaron con los clientes sobre modificaciones y cambios que se han venido haciendo a las leyes y entidades en esta materia.

De esta manera, Morgan & Morgan se reafirma como una firma líder en materia fiscal y tributaria, siempre a la vanguardia en beneficio de sus clientes.

Sobre Morgan & Morgan

Morgan & Morgan asesora regularmente a compañías e individuos en asuntos relacionados con el sistema fiscal panameño, incluyendo regímenes fiscales especiales. La firma cuenta con un equipo de abogados con vasto conocimiento y experiencia en Derecho Tributario atendiendo todo tipo de industrias tales como servicios financieros, tecnología, marítima, energía, bienes y raíces, comercio al por menor y al por mayor, entre otros.  Nuestros profesionales están preparados para identificar obstáculos y soluciones, pero sobretodo oportunidades que los clientes pueden obtener cuando realizan negocios en Panamá.

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La Residencia Fiscal en Panamá

miércoles, 06 junio 2018 por webmaster

Por: Amanda Barraza de Wong, Asociada, Derecho Fiscal

Siendo Panamá una jurisdicción cuyo sistema impositivo se basa en el Principio de Territorialidad, cuya economía gira en torno a los servicios financieros, legales, logísticos… qué política debe tener con respecto al capital extranjero?  Ciertamente de atracción de inversión extranjera directa. Esos capitales que permiten financiar el propio desarrollo. Y esos capitales no llegan solos; vienen acompañados de personas naturales o personas jurídicas, lo que motiva el análisis de poder considerarlos o no residentes fiscales.

En Panamá tenemos criterios específicos para determinar luego de un estudio de cada caso en particular, si una persona natural o jurídica puede ser considerada residente fiscal al tenor de lo que disponen tanto el Código Fiscal, como los Tratados para Evitar Doble Tributación vigentes.

Certificado de residencia fiscal

El certificado de residencial fiscal es el documento que acredita a una persona ya sea natural o jurídica su residencia fiscal en nuestro país y el mismo sólo es emitido por la Dirección General de Ingresos (DGI) basado en el artículo 762-N del Código Fiscal, el Decreto Ejecutivo 958 de 2013 y resoluciones reglamentarias.

Requisitos

Los requisitos básicos que establece la DGI para la emisión del Certificado de Residencia Fiscal en la República de Panamá son los siguientes además de los criterios que fundamentan el análisis:

 

1. Memorial dirigido a la DGI que contenga:

  • Identificación clara y expresa del solicitante.
  • Especificación del tratado o convenio tributario al cual se desea acoger, cuando aplique.

2. Certificado de Registro Público original, en el caso de personas jurídicas.

3. Copia de cédula o pasaporte del solicitante o del Representante Legal.

4. Poder notariado, en el caso de personas jurídicas.

5. Demás pruebas que correspondan.

Conclusión

Desde el período fiscal 2010, los reglamentos expedidos en torno a este concepto han sido varios; ha sido un tema que se ha desarrollado de forma más específica con el tiempo y consideramos que seguirá evolucionando.

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Asociada de Morgan & Morgan participó como expositora en Congreso de Contabilidad, Tributación y Fiscalización

lunes, 16 octubre 2017 por webmaster

La Licda. Amanda Barraza de Wong, en representación de Morgan & Morgan, participó como expositora del Congreso Anual de Contabilidad, Tributación y Fiscalización (CACOTYF-Panamá 2017), que se llevó a cabo los días 3 y 4 de octubre en la ciudad de Panamá.

Morgan & Morgan también fue patrocinador de este evento el cual reunió a profesionales de diversas ramas quienes estuvieron muy pendientes de nutridas presentaciones. Entre estas, se destacó la exposición de la Lic. Barraza de Wong sobre la “Residencia Fiscal”, sus requisitos, usos y consideraciones, que tanto personas naturales como jurídicas deben tomar en cuenta para aplicar como residentes fiscales al tenor de lo que disponen tanto el Código Fiscal como los Tratados para Evitar Doble Tributación vigentes.

La Licda. Barraza de Wong es abogada asociada del Departamento de Impuestos de la firma.   Cuenta con 25 años de experiencia en departamentos tributarios de importantes firmas internacionales de auditoría, así como en la Dirección General de Ingresos y el Despacho Superior del Ministerio de Hacienda, como abogada tributarista.  En el desarrollo de su práctica legal, ha asesorado a múltiples empresas en las contingencias tributarias de las diversas formas de contratación de personal extranjero en Panamá y, cuenta con una amplia visión de las prácticas utilizadas por las corporaciones para abordar los registros y formularios requeridos para  estar en orden con las regulaciones vigentes.

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Morgan & Morgan realiza labor pro bono en Arraiján

miércoles, 13 septiembre 2017 por webmaster

Como parte de nuestra estrategia de RSE, el pasado sábado 21 de septiembre de 2013, un equipo de abogados y voluntarios de Morgan & Morgan participaron en una Jornada de Orientación Legal llevada a cabo, en colaboración con Fundación para el Desarrollo Integral de la Mujer y la Familia (Fundader), ubicada en Arraiján. Más de 28 personas recibieron asistencia legal gratuita y participaron de un taller en donde se trataron temas relacionados a la violencia doméstica y promoción de relaciones sanas, haciendo énfasis en la importancia de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

El objetivo de estas jornadas es promover el acceso a la justicia y la equidad de género en las poblaciones más vulnerables del país.

El grupo que prestó sus servicios para esta iniciativa estuvo conformado por los abogados Jose Carrizo, Fernando Alfaro, Amanda Barraza, Carlos Hoyos; y los voluntarios Luis Melendez y Andres Mejía.

Con su participación en estas jornadas, Morgan & Morgan reafirma su compromiso con la Declaración Pro Bono de las Américas al ser la primera firma panameña signataria de esta iniciativa.

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Morgan & Morgan asesoró a Grupo Aval en la adquisición de BBVA en Panamá por un monto de hasta US$ 646 millones

miércoles, 13 septiembre 2017 por webmaster

Morgan & Morgan representó a Leasing Bogotá SA Panamá, una empresa del más grande conglomerado colombiano bancario “Grupo Aval”, con respecto a la adquisición del 98,92% del total de las acciones en circulación y emisión de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (Panamá), SA, propiedad de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA y BBVA LuxInvest, SA. El cierre de la transacción está sujeto a ciertas aprobaciones y autorizaciones regulatorias, incluyendo pero no limitado a, la autorización de la Superintendencia de Bancos de Panamá.

Esta operación de adquisición, por un importe de hasta US$ 646 millones, involucró a abogados de varias jurisdicciones, incluyendo Colombia, España, Luxemburgo, Nueva York y Panamá.

Los socios de Morgan & Morgan Francisco Arias y Ramón Varela, y los asociados Roberto Vidal, Carlos Hoyos, Ana Carolina Castillo, Allen Candanedo, Amanda Barraza, Emma Cornejo y Milagros Caballero, participaron en esta transacción.

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Morgan & Morgan participó en Foro de Impuestos de Amcham

miércoles, 13 septiembre 2017 por webmaster

[frame type=”simple” align=”left”]http://www.morimor.com/wp-content/uploads/2013/05/adolfo_campos2_resize_resize.jpg[/frame]El 14 de mayo de 2013, se llevó a cabo el foro titulado ¨Hablemos de Impuestos: Foro de Actualización Legal y Tributaria¨. El evento fue organizado por el Comité de Legislación e Impuestos de la Cámara Americana de Comercio e Industrias de Panamá (Amcham).  Morgan & Morgan participó de dicha actividad, a través de sus asociados Amanda Barraza de Wong, como Presidenta del Comité, y Adolfo Campos, en calidad de expositor con el tema ¨Derechos y Deberes de los Contribuyentes¨.

Además, los asistentes tuvieron la oportunidad de escuchar de importantes figuras del mercado otros temas como: el Proceso de Escisión de Sociedades, la Actualidad Panameña de Precios de Transferencia, la Actualidad del Fatca, las Principales contradicciones entre normas y formularios y la Tributación de Intereses y dividendos al amparo de los tratados.

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